Lineamientos para el entendimiento, adjudicación
y resolución de controversias durante elecciones
Sistema de adjudicación de quejas: Ámbito de la autoridad
1. Organismos de administración electoral
El proceso de establecer normas para la interposición de quejas o controversias genera necesariamente
las cuestiones importantes de política sobre dónde hacerlo y qué institución fungirá como el punto de
entrada y adjudicador inicial. Las quejas que impugnan el resultado de elecciones oficiales anunciado
por el organismo de administración electoral deberán, en general, remitírseles a los tribunales después
de la elección. Pero en el área de quejas preelectorales que declaran irregularidades en el proceso
electoral o violaciones a las leyes electorales, los organismos de administración electoral con frecuencia
juegan un papel preliminar importante, así como uno primario. Los sistemas que le permiten a los
quejosos elegir entre los organismos de administración electoral, otros organismos o tribunales locales
para interponer quejas preelectorales (como casi siempre resulta cierto en las nuevas democracias en
Europa oriental o la ex Unión Soviética) corren el riesgo de tener quejas duplicadas o un proceso dual de
apelaciones e incluso pueden fomentar rivalidades entre instituciones. Tales elecciones también
permiten lo ƋƵĞƐĞĐŽŶŽĐĞĐŽŵŽ͞ĐŽŵƉƌĂƐĚĞĨŽƌŽ͕͟ůĂƐĐƵĂůĞƐƚĂŵďŝĠŶƉŽŶĞŶĞŶƌŝĞƐŐŽĞůĨŽŵĞŶƚo a la
corrupción a nivel local.4
Los organismos de administración electoral y los funcionarios electorales tienen la enorme tarea de
administrar las elecciones. Además, las decisiones (o falta de acciones) de las autoridades electorales
son, con frecuencia, objeto de quejas o impugnaciones. La designación de responsabilidad para todos
los niveles de adjudicación de quejas de la estructura de administración electoral está, por ende, sujeta
a un conflicto de intereses, problemas y falta de responsabilidad.
Sin embargo, depender del Poder Judicial como el único medio de adjudicación de quejas electorales
remite todas las quejas e impugnaciones electorales a un sistema que, con frecuencia, tiene poca
familiarización con la implementación de leyes electorales y que, inherentemente es lento para actuar
(debido a preocupaciones legítimas sobre el debido proceso integrado al sistema judicial o simplemente
debido a una carga excesiva de asuntos).
Los tribunales no están diseñados para filtrar rápidamente las quejas infundadas o sin fundar y, por
consiguiente, no son capaces de resolver las quejas electorales de forma expedita. También, si se
involucran tribunales en las etapas iniciales de la adjudicación, este hecho los somete a presión política y
a corrupción potencial.
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La compra de foro es el término informal aplicado para la práctica a través de la cual los quejosos
buscan la jurisdicción o tribunal con la que tengan más posibilidades de obtener una sentencia favorable
para su asunto.
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