Capítulo 2: Marcos jurídicos para sistemas de adjudicación de quejas electorales eficaces
En 1934, la existencia y facultades del Tribunal Electoral se consagraron en la Constitución. Los
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legislatura como un todo y cuatro representantes de los partidos políticos líderes electos por los
miembros de cada partido de la legislatura.
Entonces la Corte Electoral supervisa las Juntas Electorales permanentes que fungen como organismos
administrativos electorales a nivel departamental.
La autoridad electoral de la Corte incluye responsabilidades de administración tradicionales, incluidos el
registro de electores y la celebración real de las elecciones. Además, supervisa las elecciones internas
de los partidos políticos y las elecciones universitarias a nivel nacional. La Corte también funge como el
tribunal supremo en todos los asuntos electorales, incluida la adjudicación de controversias y quejas
electorales. Con el voto afirmativo de seis de sus nueve miembros, de los cuales por lo menos tres
deberán ser miembros políticamente imparciales, la Corte Electoral cuenta con la autoridad de
investigar formalmente el resultado de todas las elecciones y referendos, para rechazar los resultados
electorales y declararlos nulos e inválidos y llevar a cabo el escrutinio de los resultados electorales.
Además, el tribunal tiene la autoridad exclusiva para promulgar leyes administrativas, jurisdiccionales y
normativas y ninguna de éstas puede someterse a la revisión de algún otro poder gubernamental. Este
último es único en el gobierno de Uruguay, ningún otro organismo puede promulgar normas o leyes en
este campo de especialidad que no podría ser revisado por otra entidad gubernamental. La
independencia política y la autoridad absoluta convierte a la Corte Electoral de Uruguay en un
organismo de adjudicación poderoso y único.
D. Caso de un país: Nigeria19
En Nigeria, los tribunales electorales se rigen por la Constitución y la norma electoral no. 2 de 2006
también establece mecanismos de adjudicación de quejas electorales. La ley estipula que las demandas
electorales que surjan de la celebración de elecciones presidenciales serán resueltas por el Tribunal de
Apelaciones y en cualquier otra demanda electoral por el Tribunal de Demandas Electorales. El Tribunal
de Apelaciones y la Suprema Corte también cuentan con jurisdicción de apelación.
En las elecciones de 1999 y 2003, tardó casi cinco años adjudicar una petición y, algunas veces las quejas
simplemente eran ignoradas por los jueces. Después de las elecciones de 2003, se llevó a cabo un gran
esfuerzo para reforzar el proceso de adjudicación de quejas en Nigeria.
Las técnicas de administración de asuntos que utilizan los Tribunales de Demandas Electorales, incluidos
los procedimientos preliminares al juicio, les permitieron a los jueces obligar a los partidos en estos
casos para enfocarse únicamente en asuntos relativos para limitar a los testigos a aquéllas personas que
tenían testimonios relevantes y no acumulativos para intercambiar pruebas pertinentes para los
procedimientos y para evitar suspensiones, excepto cuando sea necesario.
19
IFES, Evaluación del Tribunal Electoral en Nigeria, (mayo de 2008) (informe).
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