Lineamientos para el entendimiento, adjudicación
y resolución de controversias durante elecciones
Normas internacionales aplicables a la resolución de controversias electorales
͞hŶĂ ŝŵƉŽƌƚĂŶƚĞ ƐĂůǀĂŐƵĂƌĚĂ ĚĞ ůĂ ŝŶƚĞŐƌŝĚĂĚ ĚĞ ůĂƐ ĞůĞĐĐŝŽŶĞƐ ƌĂĚŝĐĂ ĞŶ ůĂ
ƌĞƐŽůƵĐŝſŶĞĨĞĐƚŝǀĂĚĞůŽƐĐŽŶĨůŝĐƚŽƐĞůĞĐƚŽƌĂůĞƐ͙ĞůƉƌŽĐĞƐŽĞůĞĐƚŽƌĂůŶŽƐólo se
compone de la emisión del voto en la jornada electoral y de la subsecuente
declaración de resultados. También incluye otros actos, tales como la división
del país en circunscripciones electorales, registro de electores, registro de
partidos políticos, la organización del sistema de votación para la realización de
las
elecciones,
la
declaración
de
validez,
etc.
7
-‐Magistrada Georgina T. Wood, Presidenta de la Suprema Corte de Gana.
A lo largo de las dos últimas décadas, la Fundación Internacional para Sistemas Electorales (IFES) se ha
dedicado a proveer soporte técnico para las elecciones que se celebran en todos los países del mundo.
Durante este tiempo, se ha puesto de manifiesto que la magistrada Wood estaba en lo correcto al
ĂĨŝƌŵĂƌƋƵĞ͞ƵŶƉƌŽĐĞdimiento eficaz de resolución de conflictos debe ser integral para poder garantizar
ůĂĞƋƵŝĚĂĚLJůĞŐŝƚŝŵŝĚĂĚĚĞůƐŝƐƚĞŵĂĞůĞĐƚŽƌĂů͘͟
En un esfuerzo por ayudar a los gestores electorales, a los encargados de aplicar los sistemas y métodos,
a los donantes y demás participantes en las elecciones, a resolver eficazmente los conflictos electorales,
IFES ha identificado 7 normas aplicables a la resolución de conflictos electorales, basándose en prácticas
internacionales. Estas normas se derivan del derecho fundamental a participar en el gobierno y, a
cambio, dichas normas sirven como método de protección y aplicación de este derecho. Los expertos en
derechos humanos tienen identificados varios derechos humanos que son inalienables, como el derecho
a la vida, a la libertad, a la seguridad y, el más importante en materia electoral, el derecho a participar
en el gobierno a través de representantes elegidos de manera justa. La Comisión Interamericana de
ĞƌĞĐŚŽƐ ,ƵŵĂŶŽƐ ĂĨŝƌŵſ ƋƵĞ ͞ůŽƐ ĚĞƌĞĐŚŽƐ ƉŽůşƚŝĐŽƐ ƐŽŶ ĚĞƌĞĐŚŽƐ humanos de suma importancia,
ƚĂŶƚŽ ƋƵĞ ƋƵĞĚĂ ƉƌŽŚŝďŝĚĂ ƐƵ ƐƵƐƉĞŶƐŝſŶ͘͟8 Estos derechos políticos fundamentales proporcionan los
cimientos para un gobierno legítimo, el cual se puede lograr con una buena organización de las
elecciones. De hecho, las elecciones son eventos de derechos humanos,9 ya que son el medio por el cual
el pueblo expresa su voluntad política. Las elecciones son el mecanismo más común e importante para
el ejercicio del derecho a participar en el gobierno.
7
La magistrada presidenta, Lady Georgina T. Wood de la Suprema Corte de la República de Ghana, Prólogo de la Suprema Corte
de Ghana, Manual y estatutos sobre la adjudicación electoral en Ghana (2008) [en lo sucesivo, el Manual de Ghana], disponible
en http://www.judicial.gov.gh/c.i/content/forward.htm.
8
Castañeda Gutman v. México, caso 12.535, Comisión Interamericana de Derechos Humanos, reporte No. 113/06, ¶¶92, 140
(2008).
9
Centro de Derechos Humanos de la ONU, serie Professional Training No.2, Human Rights and Elections: A Handbook on the
Legal, Technical and Human Rights Aspects of Elections, 1994 (de aquí en adelante denominado Manual de Elecciones y
Derechos Humanos), disponible en http://www.ohchr.org/Documents/Publications/training2en.pdf.
8