Capítulo 1: Normas internacionales
organismo de adjudicación deberá estar facultado, de manera explícita o implícita, para adoptar todo
tipo de normas y disposiciones requeridas para implementar el sistema de manera adecuada. El
ejemplo principal de ello es la situación en la cual la ley electoral le otorga jurisdicción al sistema judicial
ordinario en materia de quejas, pero no estipula nada al respecto del proceso.
En este caso, los jueces deberán estar involucrados en la redacción de normas procesales para las quejas
electorales. Por lo general los jueces son expertos en procesos electorales y son los interesados más
calificados que pueden determinar que el sistema funcionará mejor para las elecciones sin apartarse de
manera radical del proceso ordinario del país. Por ejemplo, el proceso de apelación general podría crear
retrasos aceptables en demandas contractuales o por agravios, pero inadecuadas para la naturaleza
temporal de las quejas electorales. En general, se les deberá permitir a los organismos de adjudicación
que decidan sus propias normas procesales a menos que se solicite su estipulación en la ley. Un
ejercicio de la facultad de los jueces también serviría para que aparenten ser más independientes ante
el ojo público.
Después de las elecciones de 2009 de Afganistán, la Comisión de Quejas Electorales, la cual está
facultada para adoptar sus propias normas procesales,59 ŝŵƉůĞŵĞŶƚſůĂŶŽƌŵĂ͞ĐůĂƌĂLJĐŽŶǀŝŶĐĞŶƚĞ͟ĚĞ
pruebas pero no aclaró el significado exacto de los requisitos para cumplir con la norma. Además,
respecto a su proceso de supervisión y recuento, el CQE le ordenó a la Comisión Electoral Independiente
(CEI) para anular un cierto porcentaje de los votos de cada uno de los candidatos en seis categorías
independientes. La metodología de auditoría estadística fue llevar a cabo una supervisión recuento de
todas las casillas electorales con base en dos criterios: cuando el número de votos emitidos en una
casilla electoral sean igual o mayor a 600 o cuando alguno de los candidatos haya recibido más del 95%
de los votos en las casillas electorales en las que se emitieron 100 votos o más. El CQE y la CEI
determinaron el tamaño de la muestra y el margen de error que se consideraron suficientes para reflejar
con precisión la conducta de las urnas de mayor tamaño. Sin embargo, el método estadístico de toma
de muestras no estableció la forma en la que los resultados de la toma de muestras se convertirían en
una respuesta de adjudicación y probablemente hubieran requerido más tiempo y evaluación para una
metodología de supervisión eficaz. En este ejemplo específico de fraude masivo en Afganistán, el CQE
implementó este método de implementación como solución práctica como respuesta a una situación sin
precedentes y compleja. En circunstancias menos excepcionales, es básico que las condiciones
necesarias para el recuento de votos, una celebración de nuevas elecciones o la invalidación de votos
específicos sean claras, transparentes y fáciles de entender antes de que se celebren las elecciones.60
59
>ĞLJůĞĐƚŽƌĂů͕Ăƌƚ͘ϱϲ;ϮϬϬϱͿ;ĨŐ͘Ϳ;͞>ĂŽŵŝƐŝſŶƉŽĚƌĄĞdžƉĞĚŝƌŶŽrmas, procedimientos y lineamientos
ŝŶĚĞƉĞŶĚŝĞŶƚĞƐƉĂƌĂƵŶĂŵĞũŽƌŝŵƉůĞŵĞŶƚĂĐŝſŶĚĞůĂƐĚŝƐƉŽƐŝĐŝŽŶĞƐĚĞĞƐƚĂůĞLJ͟Ϳ͘
60
La Misión de observación electoral de la Unión Europea, informe final de las elecciones presidenciales y
parlamentarias de México 50 (2006) [en lo sucesivo, el informe de México],
http://aceproject.org/regionsen/countries-‐and-‐territories/MX/reports/mexico-‐presIdential-‐and-‐parliamentary-‐
elections/view; Refiérase a John Hardin Young, Recuentos, en los principios electorales internacionales:
Democracia y Estado de Derecho 302 (John Hardin Young ed., 2009).
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