Lineamientos para el entendimiento, adjudicación
y resolución de controversias durante elecciones
imposición de una multa o sanción de tipo penal, la pérdida del registro de un partido político, la
suspensión del derecho a postular una campaña, la anulación de las elecciones o el mandato para
realizar un recuento o nuevas elecciones.235
Si se definen violaciones y sanciones con claridad en el marco normativo y en la ley electoral se evitará la
imposición arbitraria de penalizaciones (o el incumplimiento de las mismas). De manera similar, las
sanciones y penalizaciones deberán estar establecidas de tal modo que se evite que los candidatos y
demás sujetos violen la ley electoral. El derecho a la reparación no puede ser eficaz en su totalidad si el
electorado y los candidatos no conocen la existencia de sanciones como consecuencia de violaciones;
sin embargo, cuando hay cierta discreción en la aplicación de sanciones, el juez o árbitro deberán
asegurarse de que el castigo es proporcional a la gravedad de la violación.236
La sentencia dependerá de los antecedentes, carácter y actitud del acusado, así como del interés público
y la gravedad de la infracción o delito. Por ejemplo, no se convocará a nuevas elecciones a menos de
que haya habido una violación grave a las normas electorales.
Sin duda, una vez que los deseos de las personas se expresaron de manera libre y democrática, dicha
elección no se deberá cuestionar, a excepción de la presencia en fundamentos obligatorios de para el
mandato democrático.237 Por consiguiente, la ley deberá establecer niveles de sanciones que se les
impondrían a individuos o partidos políticos. Por ejemplo, en abril de 2007 y en mayo de 2008, los
expertos juristas de la IFES publicaron, mediante análisis, el marco jurídico electoral Thai y le
aconsejaron al estado que modificara su ley orgánica al respecto de los partidos políticos y las finanzas
políticas.238
Estos análisis enfatizaron que la necesidad de sanciones debe ser proporcional a la gravedad de la acción
y al grado de culpabilidad (intencional, por negligencia o por error). Los expertos también
recomendaron el establecimiento de penalizaciones civiles para violaciones administrativas, tales como
la negativa arbitraria o el retiro del registro de un candidato, así como sanciones de tipo penal.
El sistema de adjudicación de quejas de las Filipinas también es un ejemplo de un amplio espectro de
sanciones electorales. En 2004, IFES informó que las penalizaciones implementadas por las autoridades
electorales de las Filipinas eran estrictas y desproporcionales al respecto del delito cometido. Dichas
sanciones estrictas pueden desalentar a las personas a que interpongan una demanda; un prospecto
demandante podría no desear condenar a un trabajador de las casillas electorales a cumplir una sanción
235
Ley Electoral, art. 54, § 1 (2004) (Afg.); Ley de Reforma Electoral, §§ 22-‐25 (2004) (Liber.) (penalización de un
registro fraudulento y cohecho), disponible en
http://www.necliberia.org/content/legaldocs/laws/elereformlaw.pdf; la nueva Ley Electoral, § 10.25, 10.26 (1986)
(Liber.), disponible en http://www.necliberia.org/content/legaldocs/laws/1986electionlaws.pdf.
236
Informe de Kazajstán, supra note 225, en 3.
237
Petkov vs Bulgaria, Comité de Derechos Humanos, Apelación Nos. 77568/01, 178/02 y 505/02, sentencia del
11 de junio de 2009, ¶ 81.
238
Dahl et al., supra note 131, en 22; Informe del Reino de Tailandia, supra note 163.
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