Lineamientos para el entendimiento, adjudicación
y resolución de controversias durante elecciones
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en los que las leyes requieren que una membresía de dichas comisiones se base en una
representación de partidos equilibrada. Cuando se les permite a los partidos presentar
candidatos, los partidos de menor tamaño por lo general no pueden proporcionar un número
suficiente de número y los partidos de mayor tamaño dominan la membresía. Las quejas e
impugnaciones sobre parcialidad e injusticia probables, que con frecuencia se tramitaban
mediante canales de organismos de administración electoral, pueden convertirse en un mar de
confusión que retrase la conclusión del proceso de designación e interrumpa severamente las
preparaciones metódicas para las elecciones. En muchos casos tales retrasos se convierten en
designaciones de último momento de los funcionarios que no recibieron capacitación.
Intimidación. La intimidación de campañas puede ser pasiva, personal o violenta. Las cartas
con contenido fuerte enviadas a los electores se pueden resolver de mejor manera mediante
quejas. La intimidación en los mítines se puede resolver de mejor forma a través de la
prevención, a través de una organización cuidadosa de los mismos, un sistema de permisos para
evitar conflictos y la presencia inocua de la policía. La intimidación mediante visitas a domicilio
es mucho más difícil de controlar.
Violaciones en las campañas. Durante el periodo de pre elecciones, no es raro que las quejas
sean interpuestas por las partes dañadas y por candidatos que consideran que se les afectó
mediante acciones llevadas a cabo por las autoridades o los medios de comunicación o debido a
tácticas de campaña injustas o sin ética en contra de los opositores. Tales quejas por lo general
se relacionan con violaciones de campaña percibidas, en especial en ambientes en los que el
financiamiento, la distribución de tiempo de transmisión, la aprobación gubernamental para el
uso de instalaciones para eventos públicos y mítines y la destinación de ubicaciones públicas
para la colocación de carteles o espectaculares se regulan de manera rigurosa en las leyes u
ordenamientos locales. Uno de los retos principales para resolver este tipo de quejas es que por
lo general son del conocimiento de organismos y no de tribunales ni organismos de
administración electoral, tales como comisiones de medios de comunicación o comités de
financiamiento de campañas. Con frecuencia estos tipos de organismos se preparan de manera
inadecuada para resolverlos o no tienen una autoridad de aplicación de la decisión emitida. De
manera similar, las reparaciones se hacen demasiado tarde y las sanciones en contra de
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Delitos de votación y cómputo. La mayoría de las quejas se refieren a violaciones cometidas
durante la jornada electoral. Por lo general se relacionan con restricciones al acceso, largas
esperas o congestión, padrones imprecisos, rechazo por parte de los funcionarios de casilla para
concederles su voto a los electores potenciales, votaciones duplicadas, voto de menores de
edad, intimidación de voto, campañas en las casillas electorales o el cierre de las mismas, retiro
de una urna de votación de la vista pública, alteraciones a los sellos o la inserción de votos
falsos. En muchos casos, el proceso de quejas no dará como resultado una reparación o
corrección como tal, pese a que se origine una pena para el infractor. En un caso extremo, una
urna en específico se podrá anular. Las investigaciones oportunas, exhaustivas y profesionales
de los delitos de votación y cómputo son especialmente necesarias para mantener la confianza
pública en el proceso y resolver las quejas electorales de manera eficiente.