Capítulo 1: Normas internacionales
El derecho a participar en el gobierno está consagrado en las principales convenciones internacionales
de derechos humanos. Estas convenciones subrayan y discuten la importancia de la participación
política en las elecciones. El artículo 21, primer párrafo, de la Declaración Universal de Derechos
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sobre Derechos Civiles y Políticos (ICCPR por sus siglas en inglés) establece que:
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el artículo 2, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y
oportunidades: a) Participar en la dirección de los asuntos públicos,
directamente o por medio de representantes libremente elegidos; b) votar y
ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio
universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la
voluntad de los electoreƐ͘͟11
Este principio hace valer el concepto de elecciones democráticas y asegura las libertades de opinión, de
reunión, de tránsito y de expresión. Adicionalmente, existen varias prohibiciones contra la
discriminación, implícitas y entrelazadas en estos derechos.12 El reconocimiento a los derechos políticos
en los tratados internacionales ʹtanto a favor de la democracia participativa como en contra de la
discriminación irracional-‐ ha sido respaldado por casi todos los tratados en derechos humanos a nivel
regional.13 Los sistemas africanos y americanos de protección a los derechos humanos les otorgan a los
10
Declaración Universal de Derechos Humanos, G.A. Res, 217 (III) A, art. 21, U.N. Doc. A/RES/217(III), 10 de diciembre de 1948
(de aquí en adelante denominada DUDH), disponible en http://www.un.org/en/documents/udhr/.
11
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, A. Res. 2200 (XXI) A, artículo 25, U.N. GAOR, sesión No. 21, Sup. No. 16.
U.N. Doc. A/6316, 52 (16 de diciembre de 1966), 999 Colección de Tratados de las Naciones Unidas 171 (entró en vigor el 23 de
marzo de 1976) (de aquí en adelante se le llamará ICCPR), disponible en http://www2.ohchr.org/ english/law/ccpr.htm; ICCPR,
supra, artículo 2, primer párrafo; Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, G.A. Res, 2200 (XXI) A,
artículo 2, primer párrafo, U.N. GAOR, sesión No. 21, Sup. No. 16. U.N. Doc. A/6316, 49 (16 de diciembre de 1966), 993
Colección de Tratados de las Naciones Unidas 3 (entró en vigor el 3 de enero de 1976) (de aquí en adelante se le llamará
ICESCR), disponible en http://www2.ohchr.org/English/law/cescr.htm.
12
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, G.A. Res. 2106 (XX), artículo 5(c),
U.N. GAOR, sesión No. 20, Sup. No. 14. U.N. Doc. A/6014, 47 (21 de diciembre de 1965), 660 Colección de Tratados de las
Naciones Unidas 195 (entró en vigor el 4 de enero de 1969) (de aquí en adelante se le llamará CERD), (queda prohibida la
discriminación en el goce de los derechos políticos), disponible en http://www2.ohchr.org/english/law/cerd.htm; Convención
sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, G.A. Res. 34/180, artículo 7, U.N. GAOR, sesión No.
34, Sup. No. 46. U.N. Doc. A/34/46, 193 (18 de diciembre de 1979), (de aquí en adelante se le llamará CEDAW), disponible en
http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/text/econvention.htm; ICCPR, supra nota 12, artículo 22; DUDH, supra nota 11,
artículo 20.
13
Es importante recalcar que la nueva Comisión de Derechos Humanos de la Asociación de Naciones del Sureste Asiático
(ANSA) decepciona al respecto. La Declaración ANSA no hace ninguna referencia a los derechos humanos ni al derecho a
participar en el gobierno. Declaración de Bangkok, ANSA, 8 de agosto de 1967, disponible en
http://www.aseansec.org/1212.htm. Sin embargo, el artículo 2 del borrador del Acuerdo para el Establecimiento de la Comisión
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algunos de los instrumentos más importantes del derecho internacional son: la Declaración Universal de Derechos Humanos de
1948, la Declaración de la ONU sobre el Derecho al Desarrollo hecha en 1986, la Declaración de Viena y Programa de Acción de
la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de 1993 y los tratados ĂůŽƐƋƵĞƚŝĞŶĞŶĂĐĐĞƐŽůŽƐƐƚĂĚŽƐĐŽŶƚƌĂƚĂŶƚĞƐ͘͟E^͕
Borrador del Acuerdo para el Establecimiento de la Comisión de Derechos Humanos de ANSA, artículo 2, disponible en
http://www.aseanhrmech.org/downloads/draft-‐agreement.pdf.
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