Lineamientos para el entendimiento, adjudicación
y resolución de controversias durante elecciones
adecuados deberán estar implementados para sustentar los procedimientos expeditos como parte de
un sistema de quejas electorales que funciona adecuadamente.160
Además de los procedimientos engorrosos, las quejas sin fundamento o la incapacidad para jerarquizar y
clasificar las quejas, una decisión expedita puede estar limitada por otros factores estructurales dentro
del cuerpo de adjudicación, incluyendo un número de personal inadecuado y recursos limitados u
obsoletos.161
Para pronunciar un fallo sin un retraso indebido, un árbitro requiere de tecnología y logística adecuada,
así como del apoyo de un personal completo y competente.162
Cuando se diseña un proceso de quejas electorales, también es importante evitar una fragmentación
excesiva de etapas individuales de la adjudicación de quejas electorales. Entre más entidades haya
involucradas en el proceso de queja electoral, mayor será el potencial de retrasos. Sin duda, si a otra
entidad, tal como la policía, se le ordena investigar las demandas, por lo general, el cuerpo de quejas
electorales tendrá un control menor en la duración del proceso; sin embargo; por lo general, en las
democracias en desarrollo, los cuerpos de adjudicación de quejas no cuentan con los recursos
necesarios para llevar a cabo todos los pasos del proceso de adjudicación de quejas.163
En dichos casos en los que haya varios actores involucrados existe la necesidad de establecer
salvaguardas y mecanismos de rendición de cuentas para evitar retrasos indebidos o la mala
administración de una queja.
Los tribunales electorales o las comisiones de quejas deberán proporcionar procedimientos expeditos en
materia electoral, puesto que existe una conexión evidente entre los mismos y la legitimidad del
gobierno entrante.164
160
Refiérase al Instituto Nacional Democrático y el Centro Carter, Declaración de la delegación de pre elecciones
ĚĞů/EͬĞŶƚƌŽĂƌƚĞƌĂůĂƐĞůĞĐĐŝŽŶĞƐĚĞϮϬϬϱĚĞ>ŝďĞƌŝĂϮ;ϵĚĞƐĞƉƚ͘ĚĞϮϬϬϱͿ;͞WĂƌĂĐƌĞĂƌĐŽŶĨŝĂŶnjĂƉƷďůŝĐĂĞŶ
la imparcialidad del proceso de quejas electorales, la CNE deberá delimitar y divulgar su metodología para resolver
las quejas electorales. Los términos de la CNE deberá establecer plazos específicos para la interposición de quejas
para asegurar que las controversias electorales no se usan para interrumpir el proceso electoral. Se le deberán
asignar suficientes recursos para asegurar que el volumen potencial de quejas se puede procesar de manera
imparcial y con base en la prontitud con una transparencia adecuada de conformidad con los requisitos del debido
proceso y eƋƵŝĚĂĚĂŶƚĞůĂůĞLJ͟Ϳ͕ĚŝƐƉŽŶŝďůĞĞŶŚƚƚƉ͗ͬͬǁǁǁ͘ŶĚŝ͘ŽƌŐͬĨŝůĞƐͬϭϵϬϳͺůƌͺƐƚĂƚĞŵĞŶƚͺϬϵϬϵϬϱ͘ƉĚĨ͘
161
Vickery, supra note 34, en 15, 25.
162
Organización de la Unidad Africana, Declaración de los principios que rigen las elecciones democráticas en
África, 38va sesión ordinaria, arts. II(4), III(c), AHG/decl. 1 (xxxviii) (8 de julio de 2002) [en lo sucesivo la Declaración
de las elecciones africanas], disponible en http://www.au2002.gov.za/docs/summit_council/oaudec2.htm.
163
IFES, El reino de Tailandia, análisis problemas para someter a consideración: La Ley Orgánica para la Elección de
Miembros de la Cámara de Diputados y la Instalación de Senadores y la Ley Orgánica para la Comisión Electoral 10-‐
11 (2008) [en lo sucesivo el Informe del Reino de Tailandia].
164
Editorial, Nigeria: Tribunal de repeticiones de Ekiti ʹ en contra de procedimientos interminables, Daily Indep.
(Lagos, Nigeria), 28 de julio de 2009, disponible en http://allafrica.com/stories/200907280196.html.
46