demandado el acto definitivo, no hay lugar a dudas que si se
presentan vicios en los actos preparatorios que dieron origen a la
designación o elección, estos deben ser estudiados por el juez
electoral cuando analice la legalidad del acto definitivo 13, siempre
y cuando sean objeto de reproche, así:
"(...) Los actos de trámite o preparatorios no son pasibles de control
judicial, puesto que desde la perspectiva de la nulidad electoral solo lo
son aquellos a través de los cuales se hace la elección, el
nombramiento o llamamiento a proveer vacantes, respectivamente. Por
supuesto, ello no implica que si se presentan vicios en los actos
preparatorios que dieron origen al acto de designación, aquellos
queden sustraídos de control judicial, pues lo que sucede es que
dicha anomalías se estudiaran por el juez electoral cuando analice
la legalidad del acto definitivo".14
Así mismo, se debe resaltar que la jurisprudencia del
Consejo de Estado (específicamente en la elección de Fiscal
General de la Nación) ha señalado que la atribución de cada
una de las autoridades que concurren en un proceso de
elección de este tipo, en ejercicio de esa función
administrativa otorgada, es inescindible, pues el acto de
elección no puede existir sin la expedición de los actos
previos o preparatorios de postulación o conformación de la
lista.
"Con el fin de elegir Fiscal General de la Nación, el constituyente
estableció en el inciso 2°del artículo 249 de la Constitución Política un
proceso en el que concurren, de un lado, la máxima autoridad de la
Rama Ejecutiva mediante un acto de postulación: "terna". Y, de otro, el
declarará inhibida para efectuar un pronunciamiento de fondo sobre la petición de nulidad del acto administrativo por el
cual la Corte suprema de Justicia aprobó la terna de candidatos al cargo de magistrado de la Corte Constitucional (Actas
de Sala Plena de 20 y 24 de abril de 2006)."
13
14
El acto demandable en acción de nulidad electoral, en virtud del artículo 139 del CPACA es el acto de elección
Consejo de Estado, Sección Quinta, M.P. Alberto Yepes Barreiro, auto del 18 de febrero de 2016, rad.
2016-00011-00