ofrecer algunos elementos que nos permitan presumir que esto es así, sin que ello implique escencializar o categorizar a las
personas según su género.
Por otro lado, considero que esto no implica un trato diferenciado injustificado entre mujeres trans y mujeres cisgénero.
Esto, porque un requisito fundamental para ser registrada como candidata a una postulación es la identificación personal y
oficial de ser quien se afirma ser. Este es un requisito que tienen que cumplir todas las personas. Incluso el Estado por
medio de sus instituciones está constantemente sujetando el ejercicio de los derechos de las personas a su identificación,
siendo además que el medio por el cual justifican su identificación personal debe coincidir con quien se dice ser.
En el caso concreto, a las mujeres cisgénero se les requiere su documentación oficial que permite identificarlas e
individualizarlas y esa documentación oficial debe ser acorde con la persona que la presenta. En el caso de mujeres
transgénero cuya documentación oficial no coincide con quien afirman ser, la autoridad electoral necesita verificar que la
identidad pública de género coincide con la identidad interna de género que se registra a fin de postular candidaturas de
mujeres y cumplir con el principio de paridad de género. De lo contrario, una lectura restrictiva de este requisito implicaría
no registrar a las mujeres transgénero cuya documentación no coincide con quien afirman ser.
Esto me lleva a argumentar, igualmente, que no existe una violación a la intimidad de las mujeres transgénero cuya
identidad está siendo cuestionada, porque esta identidad se está haciendo pública en el ámbito electoral, que es de interés
social. De hecho, al momento en el que colectivos minoritarios hacen un reclamo al Estado para que sus identidades sean
reconocidas, éstas son politizadas y entran al ámbito público. Esto no implica que las personas pertenecientes a colectivos
minoritarios vean mermada o nulificada su intimidad y su privacidad, pero sí puede implicar que éstas se vean
someramente reducidas. De hecho, los colectivos minoritarios han hecho uso estratégico de las políticas de identidad
precisamente para obtener un reconocimiento positivo de sus identidades. Esto implica ser visibilizadas como primer paso
para el acceso a oportunidades y al efectivo ejercicio de sus derechos.
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