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SUP-RAP-268/2012
presentaría al usuario una serie de disyuntivas, que le
generarían la necesidad de decidir una de ellas para acceder a
la información que presenta cada una.
4) Hecho lo anterior, y en el caso hipotético de que
eligiera la dirección @lópezobrador_, se desplegarían en
pantalla todos los “twetts” emitidos por quien utiliza esa cuenta.
5) En el caso, sería necesario que el tweet denunciado se
hubiese verificado, preferentemente, en la fecha precisa de su
emisión (veinte de febrero) y tal vez dos o tres días después.
Ello, pues los twitters que se publican inmediatamente en
pantalla, son los que se realizan en el día de su emisión, de ahí
que si el “twett” controvertido se consulta en días posteriores,
es probable que no se localice de manera inmediata, aún
abriendo la cuenta de “twitter” antes mencionada, ya que
eventualmente el “twett” que se presentaría sería el escrito y
publicado en la fecha de su consulta;
6) Una vez que se encuentra el “twett” denunciado, ello
implicará la realización de un segundo acto volitivo, consistente
en ingresar a la liga sugerida en el twett de referencia, lo que
permitiría acceder a la página de “youtube” y así estar en
posibilidad de observar y escuchar la entrevista transcrita en
párrafos anteriores.
Como puede verse con el anterior ejercicio hipotético, aún
accediendo a la cuenta de twitter denunciada y a la página de
internet de videos mencionada, lo que en ese caso se
actualizaría, sería únicamente el acceso a las dos fuentes de
información, pero de ninguna manera se podría tener
acreditada la realización de actos anticipados mencionados,