Véase Sentencia del Tribunal.
Opinión disidente emitida por la Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez a la cual se une el
Juez Asociado señor Feliberti Cintrón
En San Juan, Puerto Rico, a 4 de noviembre de 2016.
Time will one day heal the wound to that
confidence that will be inflicted by today’s
decision. One thing, however, is certain.
Although we may never know with complete
certainty the identity of the winner of this year’s
[...] election, the identity of the loser is perfectly
clear. It is the Nation’s confidence in the judge
as an impartial guardian of the rule of law.
(Justice John Paul Stevens dissenting opinion in
Bush v. Gore, 531 U.S. 98, 129 (2000)(énfasis
suplido)
En este caso coinciden importantes derechos que requieren de un análisis concienzudo
y riguroso. Coincido en que el valor de la participación ciudadana durante un evento electoral
es un elemento esencial de una democracia robusta y saludable. Sin embargo, la integridad del
proceso en sí, que facilita esa participación, también es un elemento indispensable en un
sistema de gobierno democrático, ya que cualquier sombra que se arroje sobre la pureza del
proceso, indudablemente lacera la confianza requerida para preservar la esencia misma del
sistema democrático.
Un pueblo que no confía en que el resultado electoral es fiel a la voluntad de aquellos y
aquellas que serán representados, se ven marginados, no sólo por el proceso electoral en sí
mismo, sino por su gobierno. La verdadera prueba de un sistema democrático auténtico
consiste en la legitimación del mandato mayoritario. De manera que un proceso no maculado
imprime en aquellos cuyas aspiraciones no prevalecieron en las urnas un sentir de trato justo y,
ulteriormente, una apreciación por las aspiraciones comunes y el respeto por los derechos de
todas y todos los gobernados. La destrucción de la confianza debida al proceso representa la
ruptura del pacto social tan necesario para una sana convivencia y la supremacía de la ley.