CNE 6459/2019/CA1
CNE 6459/2019/1/RH1
Juntos por el Cambio s/ oficialización de
candidaturas. Elección general - comicios 27 de
octubre de 2019.
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-//-TO DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON CARLOS FERNANDO
ROSENKRANTZ
Considerando que:
1° ) Los antecedentes de la causa se encuentran
adecuadamente descriptos en los puntos - I y II del dictamen de la
señora Procuradora Fiscal, a los que cabe remitir por razones de
brevedad.•
2°) El recurso extraordinario deducido es admisible,
en tanto se encuentra en juego la interpretación de normas de
carácter
federal (Código Electoral Nacional, ley 27.412 de
"Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política" y
decreto 171/2019)
y la
tribunal superior
de la
sentencia definitiva, emanada del
causa,
ha
sido contraria
a las
pretensiones del apelante fundadas en aquellas normas (artículo
14, inciso 3°, ley 48).
Asimismo, es una regla clásica de la jurisprudencia
de esta Corte que en la tarea de determinar el alcance de normas
federales no se encuentra limitada • por los argumentos del
tribunal apelado ni por las posiciones de las partes, sino que
le corresponde realizar una declaratoria sobre el punto
disputado, según la interpretación que rectamente le otorgue a
las normas en juego (Fallos: 312:2254; 322:2750; 325:1194;
330:3758; 342:208; entre muchos otros).
Finalmente, y dado que los agravios vinculados a la
pretendida arbitrariedad de la sentencia apelada se encuentran
estrechamente ligados con los referentes a la interpretación de
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