género,
de
conformidad
reglamentario,
con
la
ley
de
paridad
y
su
decreto
tal como se dispuso en la sentencia de primera
instancia.
-
A
formalmente
mi
de
admisible,
interpretación
(Código
modo
y
Electoral
III -
ver,
toda
vez
aplicación
Nacional,
el
recurso
que
de
se
normas
ley 27.412,
extraordinario
halla
de
en
carácter
decreto
juego
es
la
federal
171/19)
y
la
decisión defini ti va del superior tribunal de la causa ha sido
adversa a las pretensiones que la apelante funda en ellas
(art.
14 de la ley 48) .
Por
lo
demás,
cabe
recordar
que,
en
la
tarea
de
establecer la inteligencia de normas de la indole mencionada, la
Corte no se encuentra limitada por las posiciones del tribunal
apelado ni por los argumentos de las partes, sino que le incumbe
realizar
una
declaración
sobre
el
punto
disputado,
según
la
interpretación que rectamente le otorgue (Fallos: 326:2880).
Considero,
vinculados
asimismo,
que
toda
vez
que
los
agravios
con la arbitrariedad de la sentencia se encuentran
inescindiblemente ligados con los referentes a la inteligencia
de aquellas normas, resulta procedente tratar en forma conjunta
ambos aspectos
(Fallos:
308:1076; 314:1460; 322:3154; 330:2206,
entre muchos otros).
-
IV -
Según resulta de las constancias de la causa,
el 11
de septiembre de 2019 la jueza federal con competencia electoral
de Neuquén resolvió,
en cuanto aquí interesa,
-12-
oficializar como