SX-JE-3/2021 Y ACUMULADOS imputaciones se realizaron dentro del ejercicio del cargo partidista. 226. Aunado a que, al concluir el mensaje con la frase “¿Si no la fijas tú, la fijamos nosotros como la vés? ” se evidencia que ello se realiza de manera amenazante y a modo de reto, por lo que se le tiene como un mensaje agresivo. 227. En lo que respecta a María del Carmen Molina Chablé, se advierte de sus manifestaciones que califican de ilegítima a la víctima derivado de que no la reconoce como su dirigente dentro del Consejo Estatal partidista, manifestando que es hipócrita e impostora. De igual manera se refuerza que tales manifestaciones se realizan con motivo del acceso y desempeño del cargo partidista cuando se hace alusión a la militancia al indicar que “están al borde de la locura tratando de defenderse a su espuria militancia”. 228. En ese tenor, atendiendo a tales manifestaciones es evidente que las conductas reprochables se encuentran plenamente dirigidas a lesionar o dañar a la víctima de manera que resintiera el impacto de dicho daño en el anormal desarrollo de sus funciones o actividades que realiza con motivo de su encargo. 91

Select target paragraph3