SUP-REP-542/2015
Y ACUMULADO
presente ejecutoria, en el entendido de que deberá permanecer
intocado lo relativo a la sanción impuesta por la Sala Regional
Especializada a Raúl Osorio Alonzo, por las razones precisadas
en el presente fallo.
III. RESOLUTIVOS
PRIMERO. Se acumula el recurso de revisión del procedimiento
especial sancionador con número de expediente SUP-REP544/2015
al
diverso
SUP-REP-542/2015,
glósese
copia
certificada de los puntos resolutivos de la presente resolución, a
los autos de los recursos acumulados.
SEGUNDO. Se revoca la resolución impugnada para los efectos
precisados en la parte final del presente fallo.
NOTIFÍQUESE: como corresponda, con fundamento en los
artículos 27 y 29, párrafo 5, de la Ley General del Sistema de
Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Devuélvanse los documentos atinentes y, en su oportunidad,
archívese el expediente como asunto concluido.
Así, por mayoría de votos, lo resolvieron los Magistrados que
integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación, con el voto en contra del Magistrado Flavio
Galván Rivera, quien emite voto particular, ante la Subsecretaria
General de Acuerdos, quien autoriza y da fe.
98