SUP-RAP-42/2018 Por otra parte, en los puntos de acuerdo, se estableció: PRIMERO. Se determina que el Conteo Rápido para las elecciones de la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos y titulares de los Ejecutivos locales, para conocer las tendencias de los resultados de la votación el día de la Jornada Electoral del 1 de julio de 2018, se realice con base en los datos del cuadernillo para hacer las operaciones de escrutinio y cómputo. SEGUNDO. Se ordena al Secretario Ejecutivo para que, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, presente, a más tardar dentro de los primeros diez días del mes de marzo a consideración de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral, la propuesta de modificaciones al modelo de boleta electoral de las elecciones a la Presidencia y titulares de los Ejecutivos locales, así como al cuadernillo de operaciones, a fin de que el Consejo General los apruebe a más tardar el 15 de marzo de 2018. Asimismo, se instruye a la Comisión de Capacitación y Organización Electoral que de ser necesario, realice los ajustes requeridos a la documentación y materiales electorales de las elecciones federales y locales, a efecto de fortalecer los procedimientos dentro de la casilla única. TERCERO. Se instruye a la referida Comisión para que conozca las medidas a implementar en la capacitación a los funcionarios de las mesas directivas de casilla, con el objeto de fomentar que las boletas sean depositadas en la urna correcta. CUARTO. Se ordena a la Dirección Ejecutiva de Capacitación y Educación Cívica que adopte los mecanismos necesarios para instruir a las y los presidentes de las mesas directivas de casilla que integren los cuadernillos para hacer las operaciones del escrutinio y cómputo en los paquetes electorales. QUINTO. En la realización del Conteo Rápido para la elección de titulares de los Ejecutivos federal y locales, serán aplicables, en lo conducente, las disposiciones contenidas en el Reglamento de Elecciones. SEXTO. Notifíquese el presente Acuerdo y su respectivo anexo a las Consejeras y Consejeros Presidentes de los Consejos Locales, para que a su vez lo hagan del conocimiento de sus respectivos Consejos Locales y Distritales. SÉPTIMO. Notifíquese el presente Acuerdo y su respectivo Anexo 1 a los miembros del Comité Técnico Asesor de los Conteos Rápidos para los Procesos Electorales Federal y Locales 2017-2018, asimismo, una vez que se modifique el cuadernillo y el modelo de boleta para la elección de Presidente y Gobernador, infórmese a dicho comité para los efectos conducente. OCTAVO. Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales, haga del conocimiento de los Organismos Públicos Locales de las entidades federativas de Chiapas, Ciudad de 23

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