SCM-JDC-412/2021 Y
SCM-JRC-21/2021 ACUMULADO
campañas37, es preciso considerar que dichas campañas no
necesariamente se realizan en todos los casos, pues constituyen una
prerrogativa opcional, lo cual evidencia que con mayor razón puedan
implementarse las acciones afirmativas en dicho supuesto.
Así, el hecho de que se sustituyan las candidaturas a diputaciones
bajo los principios de mayoría relativa y representación proporcional inclusive una vez iniciado el periodo de campaña- en el caso concreto,
busca un fin mayor, que es la postulación efectiva de las
personas integrantes de la comunidad LGBTTTIQ+.
Bajo ese esquema, es posible advertir que, dada la premura de los
plazos, la implementación de las acciones afirmativas en mención
puede darse ya iniciado el periodo de las campañas, porque se trata
en su caso, de un ejercicio de sustitución de candidaturas a
diputaciones, motivo por el cual, la armonización con el principio de
certeza, en esa ponderación, no revela tener una dimensión mayor,
atendiendo a las particularidades del caso concreto.
Es preciso señalar que la presente determinación se enmarca en el
contexto interpretativo que ha orientado la Sala Superior, en tanto que
ha señalado la viabilidad de instrumentar reglas, incluso una vez
iniciadas las campañas, con el propósito de evitar afectaciones a los
derechos e impedir que las autoridades y los partidos eludan esa
obligación argumentando una situación meramente fáctica.38
Así, es posible afirmar que la implementación de las acciones
afirmativas, como un rasgo del deber de cumplimiento que tienen
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En términos de la Jurisprudencia 33/2012, de rubro: CANDIDATOS DE
REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL. PUEDEN REALIZAR ACTOS DE CAMPAÑA EN
PROCESOS ELECTORALES (LEGISLACIÓN FEDERAL Y SIMILARES). Gaceta de
Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación, Año 5, Número 11, 2012, páginas 12 y 13.
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Tesis LXXVIII/2016, de rubro PARIDAD DE GÉNERO. DEBE OBSERVARSE EN LA POSTULACIÓN DE
CANDIDATURAS PARA INTEGRAR CONGRESOS LOCALES Y CABILDOS, INCLUSIVE INICIADAS LAS
CAMPAÑAS ELECTORALES. Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 9, Número 19, 2016, páginas 61 y 62.
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