SCM-JDC-412/2021 Y SCM-JRC-21/2021 ACUMULADO Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021. 6. Lineamientos para que los partidos políticos acreditados ante el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la Violencia Política contra las mujeres en razón de género. 7. Manual operativo para el registro de candidaturas para el Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021. Además, respondió que por cuanto hace a informar y difundir a los partidos políticos de la solicitud de reparar el daño de su militancia y simpatizantes de la diversidad sexual a quienes le han violados sus derechos humanos al no poder participar en los procesos de selección como personas de la diversidad sexual como una medida de reparación del daño causado, que dicha solicitud quedaba atendida en el punto de acuerdo Tercero del acuerdo en que le dio respuesta, el cual establece: TERCERO. Comuníquese el presente acuerdo a los partidos políticos a través de sus representaciones ante este órgano electoral, a efecto de que, en el ámbito de sus atribuciones y competencias, den cumplimiento a lo dispuesto por su normativa interna en lo relacionado a la postulación de candidaturas a los diversos cargos de elección popular, a personas indígenas, jóvenes, con discapacidad, de la diversidad sexual y otros sectores en situación de vulnerabilidad. Ahora bien, en su demanda local, el actor del juicio de la ciudadanía señaló como acto impugnado la omisión del Consejo General del 73

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