71. Por su parte, algunas de las intervenciones presentadas en el marco de este proceso de constitucionalidad mostraron evidencias de los impactos negativos que tiene la interdicción para las personas con discapacidad cognitiva o mental, así como los efectos positivos que tiene el sistema de apoyos.169 72. En el caso de la interdicción, muchos coincidieron en que esta figura tiene impactos negativos desde dos perspectivas; (i) en el mismo proceso de interdicción y (ii) en el desarrollo de la vida de la persona con discapacidad. En los primeros se evidencia que (a) los procesos de interdicción se inician, avanzan y culminan sin la participación de la persona, (b) el nombramiento del curador es por prelación o cercanía de la persona, pero no se le informa ni pregunta su opinión, (c) el curador toma decisiones en razón de lo que más le conviene a la persona, pero no le consulta ni tienen en cuenta sus intereses y preferencias y (d) la existencia de abusos, explotación y disminución de la capacidad funcional de la persona que es declarada interdicta. Sobre los segundos, se encuentran evidencias de (a) estigmatización, pues la sociedad en general asume que la persona interdicta no es independiente, es incapaz e inútil, (b) menos autonomía, pues no se ejercitan habilidades de comprensión de situaciones y toma de decisiones, (c) disminución de la autoestima, (d) aislamiento social, (e) disminución de confianza y aumento de sentimientos de desesperanza y decepción, entre otros. De esa manera, la interdicción no solo tiene efectos jurídicos o legales, sino que impacta la salud y bienestar de las personas con discapacidad. 73. En contraste con lo anterior, el sistema de apoyos permite a la persona con discapacidad ejercer su autonomía, ejercitar su capacidad funcional de comprender situaciones cotidianas y generar confianza para tomar decisiones que la afectan. Esto también genera un aumento en la autoestima de la de invalidez. 169 Para este punto pueden consultarse las siguientes intervenciones y amicus curiae: Clínica Jurídica en Discapacidad y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú, Harvard Law School – Project on Diability (describe estudios y casos resueltos judicialmente en los que se evidencia los efectos negativos de la interdicción y los impactos positivos del modelo de apoyos), Instituto Jo Clemente, Sociedad y Discapacidad, “The Israel Human Rights Center for People with Disabilities”, PAIIS – Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social, Michael Bach y Lana Kerzner, del Instituto IRIS de Canadá. 105

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