asistencia y no toma la decisión. Lo anterior está conforme con el artículo 12
de la Convención para los derechos de las personas con discapacidad, el cual
presume la capacidad legal a todas las personas.
El interviniente informó que en los años 2014 y 2015, luego de que Israel
ratificara la Convención, se realizó una prueba piloto con varios casos que
estaban en régimen de interdicción. Se inició una asistencia a las personas con
apoyos e informándoles cada una de sus opciones, conociendo sus
preferencias y guiándolas a tomar decisiones. Se implementó en casos de
discapacidad sicosocial y muchos terminaron por dejar su guardador por la
interdicción. A raíz de este proyecto piloto, en el año 2016 se reformó la ley
en Israel y actualmente se cuenta con un sistema de apoyos a favor de las
personas con discapacidad y adultos mayores.
Colectivo Cuerpos Diversos en Rebeldía de Bogotá – Universidad Nacional
de Colombia
Afirmaron que rechazan “la idea de que una persona sea declarada
interdicta”, pues esto solo genera una sustitución de su voluntad y, por ende,
una violación permanente de sus derechos fundamentales. Para sostener esta
idea, afirmaron lo siguiente. Un integrante del colectivo, persona con
discapacidad cognitiva y que es líder en su localidad por la defensa de los
derechos de las personas con autismo, señaló que la Ley 1996 es un avance
para garantizar la toma de decisiones autónomas con apoyos, ajustes
razonables y facilitadores. Para el colectivo, la interdicción limita de manera
dañina la capacidad jurídica de una persona. Además, expresaron que el
diagnóstico médico no puede ser determinante para definir el alcance de la
capacidad jurídica de una persona, sino que deben existir muchos más
factores que representen ante todo su humanidad. Señalaron que en los “casos
extremos”, cuando una persona se le dificulta comunicarse, los cuidadores
primarios conocen las preferencias de ella y pueden conocer su voluntad en
determinados escenarios.
Advirtieron que la interdicción generalmente ha sido utilizada para sacar
provecho de intereses económicos de terceras personas. El nuevo modelo de
apoyo, al presumir la capacidad legal de las personas con discapacidad,
permite mayor autonomía en sus decisiones e impide que se cometan fraudes
sobre sus decisiones.
Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales - DescLab
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