De otra parte, destacó la existencia de una nueva era en el desarrollo normativo en materia de discapacidad en Colombia, la cual se da con la aprobación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), adoptada en el país a través de la Ley 1346 de 2009 y ratificada constitucionalmente mediante la sentencia C-293 de 2010 por la Corte Constitucional. De la referida Convención, resaltó su objetivo de establecer que las personas con discapacidad cuentan con los mismos derechos que cualquier otra persona y que no existen derechos especiales para las personas con discapacidad. Posteriormente, el Gobierno Nacional, con el apoyo y participación del Ministerio de Justicia y del Derecho y de Salud y Protección Social, desarrolló el Proyecto de Ley 027 de 2017, cuya finalidad era la de “[e]establecer medidas específicas para la garantía del derecho a la capacidad legal plena de las personas con discapacidad, mayores de edad, y al acceso a los apoyos que puedan requerirse para el ejercicio de la misma”231. Este proyecto buscaba lograr dicho objetivo mediante: (i) la presunción de capacidad legal de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones, considerándolos como sujetos de derechos y obligaciones; (ii) la eliminación de la interdicción e inhabilitación; (iii) la garantía de ajustes razonables para la comunicación y comprensión de la información; y (iv) la creación de mecanismos de apoyo y directivas anticipadas para la realización de los actos jurídicos. El proyecto pretendía reconocer la responsabilidad que tiene la sociedad de proveer los apoyos y ajustes razonables que cada persona con discapacidad pueda llegar a requerir para acceder a la garantía de la toma de decisiones libres e informadas. Por ello, en el ejercicio de su capacidad jurídica se busca que el apoyo sea dado por una persona cuidadora o el miembro de la familia, amigo o persona más próxima que conozca de manera cerca a la persona con discapacidad y que le genere confianza, pues es dicha cercanía la que va a contribuir y facilitar el reconocimiento de la máxima voluntad posible de la persona con discapacidad. No obstante, resaltó la importancia de aclarar y reconocer que hay ciertas personas con discapacidad que no requieren apoyos para la toma de sus decisiones. El resultado del proyecto mencionado fue la expedición de la Ley 1996 de 2019, la cual estableció salvaguardias, esto es, “(…) ‘medidas adecuadas y efectivas relativas al ejercicio de la capacidad legal, usadas para impedir 231 Pg. 7. 163

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