La señora Tina Minkowitz, en calidad de presidenta de la organización
denominada Centro de Derechos Humanos de las Personas Usuarias y
Sobrevivientes de la Psiquiatría de Chestertown, de Nueva York - Estados
Unidos, presentó un escrito de intervención para solicitar que se declarara
exequible la Ley 1996 de 2019.
Para comenzar, refirió que la organización maneja temas de trabajo
relacionados con la abolición de los tratamientos y internamientos
involuntarios en la salud mental de personas con discapacidad, así como
también con el reemplazo de este tipo de sistema “abusivo” por apoyos que
responden a la voluntad y las preferencias de dichas personas.
Adicionalmente, velan por el cumplimiento de los estándares de la CDPD en
todo el mundo, apoyándose en otras organizaciones de personas con
discapacidad psicosocial y otras organizaciones aliadas, para promover el
liderazgo y el protagonismo de las personas con discapacidad psicosocial en
las políticas que las afecten. En especial, recalcó que la organización
promueve activamente el cumplimiento del artículo 12 de la CDPD y
manifestó que aportaron en el desarrollo de las normas en la Observación
General No. 1, la cual interpreta el referido artículo. Puntualmente, refirió que
ella participo directamente en la redacción del artículo 12 de la CDPD y que
ha escrito ampliamente sobre este tema.
Luego de hacer una introducción, procedió a exponer los argumentos con base
en los cuales solicitó la exequibilidad de la ley demandada.
Por un lado, señaló que la CDPD estableció un régimen de capacidad jurídica
unitario, el cual no admite hacer distinciones entre las personas en razón a la
existencia de una discapacidad o a las características específicas de una
persona, como sí lo permitían los regímenes previos que realizaban
distinciones entre las personas con capacidad para actuar independientemente
y aquellas cuya capacidad era restringida o condicionada. Así, el régimen
actual busca garantizar que las personas con discapacidad, quienes requieren
de apoyos de diversos tipos niveles, sean tratadas en condiciones de igualdad
frente a aquellas que no requieren apoyos.
Estimó que considerar a los adultos con discapacidad psicosocial, cognitiva o
intelectual como niños, infantilizarlos o reducirlos a meros sujetos de
protección, les provoca un gran daño al negársele oportunidades y
suprimírsele su potencial de crear una vida según sus propios talentos y
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