[93]
Artículo 16 En caso de postulación de personas transgénero, transexuales, intersexuales o muxes, la postulación de la candidatura corresponderá al género al que la
persona se auto adscriba y dicha candidatura será tomada en cuenta para el cumplimiento del principio de paridad de género. De la cual el partido político postulante deberá
informar en el registro correspondiente a la fórmula o planilla de que se trate.
[94]
Octavio
Alberto
Orellana
Wiarco,
“El
ius
puniendi
y
los
fines
de
la
pena”,
consultado
en:
http://cleuadistancia.cleu.edu.mx/cleu/flash/PAG/lecturas/tratamiento/Individualizacion%20de%20la%20pena.pdf, página: 16.
[95]
Ibid., página: 22.
[96]
Lugi Ferrajoli, Derecho y Razón:Teoría del Garantísmo, Editorial Trota, Madrid, 1995, p.480-509.
[97]
Esto incluye también a los hombres transgénero dentro de esa partida.
[98]
Voto concurrente en el SUP-JDC-35/2018 aprobado por unanimidad de votos el 22 de marzo de 2018 (Caso paridad y reelección en el Estado de México).
[99]
SCJN. Tesis aislada 165822. P. LXVI/2009. Pleno. Novena Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXX, Diciembre de 2009, Pág. 7.
[100]
En otras democracias existen verificativos de distinta índole para que las personas transgénero puedan ejercer ciertos derechos y, por tanto, en donde su simple auto
adscripción es insuficiente. Por ejemplo, en Australia la Corte Suprema ha afirmado que la identidad de género se verifica, en gran medida, por cómo la sociedad reconoce a
determinada persona, y en Reino Unido, para que una persona pueda acceder a la reasignación de sexo se requiere que haya vivido, entre uno y dos años, de manera
congruente con el género al que se pretende transitar. Esto se ha llamado “la experiencia de la vida real” (o “Real Life Experience”). Ver https://www.judiciary.uk/wpcontent/uploads/JCO/Documents/judicial-college/ETBB_Gender_reassignment__finalised_.pdf
[101]
SUP-JDC-14855/2011 y acumulados. Eduardo Mereles Ortiz y otros vs. Consejo General del Instituto Federal Electoral. Magistrado Ponente: José Alejandro Luna
Ramos, 11 de enero de 2012.
[102]
SUP-JDC-461/2009. Mary Telma Guajardo Villarreal vs. Comisión Nacional de Garantías del PRD. Magistrado Ponente: Salvador Olimpo Nava Gomar, 6 de mayo de
2009.
[103]
ST-JDC-278/2015. José Luis Gutiérrez Cureño vs. Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD. Magistrada Ponente: María Amparo Hernández Chong, 4 de mayo de 2015.
[104]
SUP-JRC-96/2008. PVEM vs. Tribunal Electoral del Distrito Federal. Magistrado Ponente: Manuel González Oropeza, 7 de mayo de 2008.
[105]
SUP-REC-46/2015. Partido Socialdemócrata de Morelos vs. Sala Regional del Distrito Federal. Magistrado Ponente: Constancio Carrazco Daza, 13 de marzo de 2015.
[106]
Charles Taylor, 1992. Multiculturalism and “The politics of Recognition”: An Essay, Princeton University Press, pp. 25
[107]
Ver también McCombs, Theodore y Shull González, Jackie. 2007. “Rights to Identity”, International Human Rights Law Clinic, University of California, Berkeley School of
Law. Disponible en http://scm.oas.org/pdfs/2007/CP19277.PDF
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