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El combate a la corrupción no solo se
debe enfrentar por razones de índole
moral, sino para liberar fondos porque
es mucho el dinero que se va por el
caño de la corrupción. Yo fui jefe de
gobierno
de
la
ciudad,
estabas
pendiente...
SUP-RAP-268/2012
Corrupción y Desarrollo
344. Detener la cuantiosa sangría de
recursos públicos provocada por la
corrupción, para destinarlos al fomento
de la actividad productiva y al desarrollo
de la infraestructura económica, a través
de una reforma integral del marco jurídico
e institucional y de sus leyes y
reglamentos correspondientes que afectan
al
ejercicio
del
presupuesto,
el
procedimiento
administrativo,
adquisiciones, arrendamientos y obras
públicas, entre otras.
Aunado a lo anterior, el título que el candidato en mención hace a
través de su cuenta en Twitter tiene el mismo título que uno de los
puntos en su plataforma electoral esto es:
“Austeridad y combate a la corrupción”
Por lo que es claro que la autoridad responsable, debió analizar el
hecho denunciado de manera conjunta pues como se desprende de
lo vertido anteriormente el candidato está utilizando el medio de
difusión en internet "Twiter" para difundir su candidatura y no solo
manifestar una expresión, tan es así que estableció un vinculo a otra
página de internet donde se difunde una entrevista lo que deja de
manifiesto la intencionalidad de promover su candidatura, más aún el
referido candidato si está mostrando a la ciudadanía puntos que se
incluyen su plataforma electoral, aunado a que tanto lo publicado en
su cuenta de Twitter como el video de la entrevista constituyen
propaganda electoral, tomando en consideración lo señalado por el
Tribunal Electoral del Estado de México, en el cual nos dice lo
siguiente:
"El Tribunal revoca está resolución considerando que las imágenes
difundidas en la página de Facebook de Alejandro Encinas SI
constituyen Propaganda Electoral debido a que se actualizan todos
los requisitos para que ser considerada como tal:
a) Es una imagen
b) Se produjo durante la campaña electoral
c) Fue creada e incorporada a la red social por un simpatizante y
difundida por el propio candidato (era su página de facebook)
Además contenía una leyenda alentando su difusión.
d) Con el propósito de presentar y promover ante la ciudadanía una
candidatura
(En este caso buscaba desacreditar la de Eruviel).
Con lo cual queda claro que la autoridad responsable no hizo un
verdadero análisis de fondo, toda vez que con base en lo antes
descritos, en el caso que nos ocupa, si estamos en presencia de
propaganda electoral, por las siguientes consideraciones:
a) El candidato en mención a través de su cuenta de Twitter, inserta
de forma voluntaria e intencional la dirección de una página, la cual
contiene un video, en el cual habla sobre propuestas de gobierno
incluidas en la plataforma electoral de la coalición que representa,
con lo cual promociona su imagen y su candidatura. A diferencia de lo
dicho por la autoridad responsable, el Candidato Andrés Manuel
López Obrador no solo manifestó una opinión, sino incluyó elementos
que vinculaban a otra entrevista donde se difunden elementos