93 SUP-RAP-268/2012 presentaría al usuario una serie de disyuntivas, que le generarían la necesidad de decidir una de ellas para acceder a la información que presenta cada una. 4) Hecho lo anterior, y en el caso hipotético de que eligiera la dirección @lópezobrador_, se desplegarían en pantalla todos los “twetts” emitidos por quien utiliza esa cuenta. 5) En el caso, sería necesario que el tweet denunciado se hubiese verificado, preferentemente, en la fecha precisa de su emisión (veinte de febrero) y tal vez dos o tres días después. Ello, pues los twitters que se publican inmediatamente en pantalla, son los que se realizan en el día de su emisión, de ahí que si el “twett” controvertido se consulta en días posteriores, es probable que no se localice de manera inmediata, aún abriendo la cuenta de “twitter” antes mencionada, ya que eventualmente el “twett” que se presentaría sería el escrito y publicado en la fecha de su consulta; 6) Una vez que se encuentra el “twett” denunciado, ello implicará la realización de un segundo acto volitivo, consistente en ingresar a la liga sugerida en el twett de referencia, lo que permitiría acceder a la página de “youtube” y así estar en posibilidad de observar y escuchar la entrevista transcrita en párrafos anteriores. Como puede verse con el anterior ejercicio hipotético, aún accediendo a la cuenta de twitter denunciada y a la página de internet de videos mencionada, lo que en ese caso se actualizaría, sería únicamente el acceso a las dos fuentes de información, pero de ninguna manera se podría tener acreditada la realización de actos anticipados mencionados,

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