CNE 6459/2019/CA1
CNE 6459/2019/1/RH1
Juntos por el Cambio s/ oficialización de
candidaturas. Elección general - comicios 27 de
octubre de 2019.
judzieía
nacional por el Sr. Mario Pablo Cervi, lo que se comunicará a
todas las autoridades de mesa y se difundirá adecuadamente a
través de las redes sociales y por medio de anuncios a
distribuirse junto con el material electoral, y a través de los
medios de comunicación social".
4°) Que el 24 de octubre de 2019 -ante el recurso de
apelación interpuesto por la candidata Crexell- la Cámara
Nacional Electoral revocó la decisión de primera instancia
y
modificó, nuevamente, la integración de la lista. El fallo se
fundó, en lo sustancial, en los siguientes argumentos:
a) Que la ley 27.412 de . paridad de género, cuya
interpretación se encuentra en juego en el caso en examen, fue
dictada en ejercicio de las atribuciones reconocidas al Poder
Legislativo en el artículo 75, inciso 23 de la Constitución
Nacional e instauró medidas de acción positiva dirigidas a
garantizar la igualdad de oportunidades de hombres y mujeres
para el acceso a cargos públicos electivos.
En efecto,
"nuestro poder legislativo reguló . la
paridad de género [mediante la ley 27.412, como]
(...)
una medida
más de acción positiva para tratar de equilibrar la situación de
un grupo de la sociedad históricamente postergado en materia de
participación política, las mujeres
que precedió la sanción de la ley
(...)
(...)
Del debate parlamentario
se desprende que mediante
ésta se ha buscado 'poner en ejecución uno de los mandatos más
claros de la Constitución Nacional reformada en el año 94, que
tiene la manda clara de acciones concretas para garantizar la
igualdad de oportunidades de hombres y mujeres, en este caso en
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