SX-JE-3/2021
Y ACUMULADOS
229.
Esto porque, al ser mensajes dirigidos a los
consejeros estatales partidistas, tienen como finalidad
generar animadversión hacia la entonces actora, lo cual
incide y lesiona el derecho de afiliación y el ejercicio del
cargo
partidista,
obstaculización
pues
del
son
actos
desempeño
de
tendentes
las
a
la
funciones
partidistas.
230.
Por tanto, contrario a lo expuesto por las actoras, las
conductas señaladas como violencia política en razón de
género sí se encontraban dirigidas a tener por objeto o
resultado, el menoscabo o anulación del reconocimiento,
goce y/o ejercicio de los derechos político-electorales de
las mujeres.
231.
Además,
tal
afectación
se
evidencia
con
independencia del cargo que se le atribuya, pues las
agresiones dirigidas a ella se encuentran encaminadas a
obstaculizar sus funciones en el cargo y demeritar la
dignidad de su función partidista, sin que sea relevante el
hecho de que ostentara el cargo de secretaria general o
presidenta.
232.
Corrobora la actualización de este elemento del test
el hecho de que Patricia León López fue cuestionada sobre
su idoneidad y la legalidad de la designación de su cargo
partidista ya que el trece de septiembre de dos mil
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