SUP-RAP-42/2018
Por otra parte, en los puntos de acuerdo, se estableció:
PRIMERO. Se determina que el Conteo Rápido para las elecciones de la
Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos y titulares de los
Ejecutivos locales, para conocer las tendencias de los resultados de la
votación el día de la Jornada Electoral del 1 de julio de 2018, se realice
con base en los datos del cuadernillo para hacer las operaciones de
escrutinio y cómputo.
SEGUNDO. Se ordena al Secretario Ejecutivo para que, por conducto de
la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, presente, a más tardar
dentro de los primeros diez días del mes de marzo a consideración de la
Comisión de Capacitación y Organización Electoral, la propuesta de
modificaciones al modelo de boleta electoral de las elecciones a la
Presidencia y titulares de los Ejecutivos locales, así como al cuadernillo
de operaciones, a fin de que el Consejo General los apruebe a más
tardar el 15 de marzo de 2018. Asimismo, se instruye a la Comisión de
Capacitación y Organización Electoral que de ser necesario, realice los
ajustes requeridos a la documentación y materiales electorales de las
elecciones federales y locales, a efecto de fortalecer los procedimientos
dentro de la casilla única.
TERCERO. Se instruye a la referida Comisión para que conozca las
medidas a implementar en la capacitación a los funcionarios de las
mesas directivas de casilla, con el objeto de fomentar que las boletas
sean depositadas en la urna correcta.
CUARTO. Se ordena a la Dirección Ejecutiva de Capacitación y
Educación Cívica que adopte los mecanismos necesarios para instruir a
las y los presidentes de las mesas directivas de casilla que integren los
cuadernillos para hacer las operaciones del escrutinio y cómputo en los
paquetes electorales.
QUINTO. En la realización del Conteo Rápido para la elección de
titulares de los Ejecutivos federal y locales, serán aplicables, en lo
conducente, las disposiciones contenidas en el Reglamento de
Elecciones.
SEXTO. Notifíquese el presente Acuerdo y su respectivo anexo a las
Consejeras y Consejeros Presidentes de los Consejos Locales, para que
a su vez lo hagan del conocimiento de sus respectivos Consejos Locales
y Distritales.
SÉPTIMO. Notifíquese el presente Acuerdo y su respectivo Anexo 1 a los
miembros del Comité Técnico Asesor de los Conteos Rápidos para los
Procesos Electorales Federal y Locales 2017-2018, asimismo, una vez
que se modifique el cuadernillo y el modelo de boleta para la elección de
Presidente y Gobernador, infórmese a dicho comité para los efectos
conducente.
OCTAVO. Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con
Organismos Públicos Locales, haga del conocimiento de los Organismos
Públicos Locales de las entidades federativas de Chiapas, Ciudad de
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