SCM-JDC-412/2021 Y
SCM-JRC-21/2021 ACUMULADO
proporcionales y objetivas, y una vez alcanzado el fin para el
cual fueron implementadas cesarán21.
• Las acciones afirmativas establecidas en favor de ciertos
grupos y sus integrantes, justifican el establecimiento de
medidas para revertir esa situación de desigualdad, las cuales
tienen sustento constitucional y convencional en el principio
de igualdad material22.
Las acciones afirmativas constituyen una medida compensatoria para
situaciones en desventaja, que tienen como propósito revertir
escenarios de desigualdad histórica y de facto (o de hecho) que
enfrentan ciertos grupos humanos en el ejercicio de sus derechos, y
con ello, garantizarles un plano de igualdad sustancial en el acceso a
los bienes, servicios y oportunidades de que disponen la mayoría de
los sectores sociales23.
Una vez establecido el significado y motivaciones por las que se
implementan las acciones afirmativas, debe referirse el contexto y
necesidad de actualizarlas a favor de las personas integrantes de la
comunidad LGBTTTIQ+.
21
Tesis de jurisprudencia 3/2015, de rubro: ACCIONES AFIRMATIVAS A FAVOR DE LAS
MUJERES. NO SON DISCRIMINATORIAS, consultable en Gaceta de Jurisprudencia y Tesis
en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, año 8, número 16,
dos mil quince, páginas 12 y 13.
22
Tesis de jurisprudencia 43/2014, de rubro: ACCIONES AFIRMATIVAS. TIENEN
SUSTENTO EN EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL Y CONVENCIONAL DE IGUALDAD
MATERIAL, consultable en Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación, año 7, número 15, dos mil catorce, páginas 12
y 13.
23
Tesis de jurisprudencia 30/2014, de rubro: ACCIONES AFIRMATIVAS. NATURALEZA,
CARACTERÍSTICAS Y OBJETIVO DE SU IMPLEMENTACIÓN, consultable en la Gaceta de
Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación, año 7, número 15, dos mil catorce, páginas 11 y 12.
27