71. Por su parte, algunas de las intervenciones presentadas en el marco de
este proceso de constitucionalidad mostraron evidencias de los impactos
negativos que tiene la interdicción para las personas con discapacidad
cognitiva o mental, así como los efectos positivos que tiene el sistema de
apoyos.169
72. En el caso de la interdicción, muchos coincidieron en que esta figura
tiene impactos negativos desde dos perspectivas; (i) en el mismo proceso de
interdicción y (ii) en el desarrollo de la vida de la persona con discapacidad.
En los primeros se evidencia que (a) los procesos de interdicción se inician,
avanzan y culminan sin la participación de la persona, (b) el nombramiento
del curador es por prelación o cercanía de la persona, pero no se le informa ni
pregunta su opinión, (c) el curador toma decisiones en razón de lo que más le
conviene a la persona, pero no le consulta ni tienen en cuenta sus intereses y
preferencias y (d) la existencia de abusos, explotación y disminución de la
capacidad funcional de la persona que es declarada interdicta.
Sobre los segundos, se encuentran evidencias de (a) estigmatización, pues la
sociedad en general asume que la persona interdicta no es independiente, es
incapaz e inútil, (b) menos autonomía, pues no se ejercitan habilidades de
comprensión de situaciones y toma de decisiones, (c) disminución de la
autoestima, (d) aislamiento social, (e) disminución de confianza y aumento de
sentimientos de desesperanza y decepción, entre otros. De esa manera, la
interdicción no solo tiene efectos jurídicos o legales, sino que impacta la
salud y bienestar de las personas con discapacidad.
73. En contraste con lo anterior, el sistema de apoyos permite a la persona
con discapacidad ejercer su autonomía, ejercitar su capacidad funcional de
comprender situaciones cotidianas y generar confianza para tomar decisiones
que la afectan. Esto también genera un aumento en la autoestima de la
de invalidez.
169 Para este punto pueden consultarse las siguientes intervenciones y amicus
curiae: Clínica Jurídica en Discapacidad y Derechos Humanos de la Pontificia
Universidad Católica del Perú, Harvard Law School – Project on Diability (describe
estudios y casos resueltos judicialmente en los que se evidencia los efectos negativos
de la interdicción y los impactos positivos del modelo de apoyos), Instituto Jo
Clemente, Sociedad y Discapacidad, “The Israel Human Rights Center for People
with Disabilities”, PAIIS – Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión
Social, Michael Bach y Lana Kerzner, del Instituto IRIS de Canadá.
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