Adicionó que el sistema de apoyos, en contraste, permite que la voluntad, el consentimiento y las preferencias de la persona en condición de discapacidad sea lo que prevalezca ante una decisión. Conforme a ello, mencionó que la Ley 1996 de 2019 es un desarrollo normativo que obedece a los estándares internacionales establecidos, primordialmente, en el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas. Al respecto señaló: “Es vital conocer quién es la persona, cómo se comunica, cuáles son sus preferencias, cómo toma decisiones, cuál es su red de apoyo. Con este conocimiento se deben determinar los apoyos que necesita y quién o quiénes la van a apoyar en la toma de decisiones. Los apoyos facilitan la toma de decisiones de la persona con discapacidad, de acuerdo con sus preferencias y respetando su voluntad”. Explicó que “el sistema de apoyos consiste en un conjunto de estrategias y acciones que facilitan la toma de decisiones, para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, de acuerdo con sus preferencias y respetando su voluntad”. De esa manera, precisó que el apoyo asume un rol distinto, pues se trata de una asistencia que respeta ante todo la voluntad de la persona con discapacidad y no sustituye su actuación. Para conocer las preferencias de una persona con discapacidad, adujo el interviniente, basta con indagar a sus familiares o redes de apoyo, quienes sabrán y conocerán las preferencias para la toma de decisiones conjunta. Explicó que las creencias que estiman que las personas con discapacidad no se saben expresar o no conocen sus preferencias, se sustentan en prejuicios y actitudes discriminatorias que las instituciones públicas deben cambiar. Finalmente, la organización interviniente formuló una serie de acciones que deben realizarse para implementar de manera efectiva el sistema de apoyos que trae la Ley 1996. Al respecto, consideró que existen cinco retos: (i) “reconocer a la persona como individuo social”, (ii) “ubicar a la persona en el centro de todo proceso”, (iii) “conocer a fondo a la persona con discapacidad”, (iv) “identificar los apoyos disponibles y requeridos” y (v) “registrar y formalizar la información en un documento de acuerdo”. Con base en lo anterior afirmó que se parte del todo de los argumentos de las demandas porque “nuestra experiencia vivencial ha sido que estas miradas hacia las personas con discapacidad como seres necesitados, dependientes o enfermos han generado precisamente su exclusión, rechazo, encierro, 112

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