basada en la discapacidad, incluso cuando las condiciones intelectuales, cognitivas o psicosociales son consideradas severas o profundas, el reto es diseñar condiciones que tengan en cuenta el punto de tensión del derecho de la capacidad legal que se refleja en la CDPD, como se describe a continuación (…) La clave para una reformulación no discriminatoria es permitir que esas funciones cognitivas sean compartidas entre la persona y sus apoyos, en circunstancias apropiadas. Este enfoque no desatiende el requisito cognitivo para las decisiones legales válidas, sino que reconoce flexibilidad en las formas en que los requisitos pueden ser alcanzados legítimamente”269. En este acápite concluyeron que “[e]l hecho de que algunas personas puedan enfrentar barreras porque carecen de los apoyos que necesitan, incluyendo la comunicación, el razonamiento y otro tipo de asistencia para la toma de decisiones, no es una razón en sí misma para negarle el ejercicio de la capacidad legal. Un enfoque en la capacidad para la toma de decisiones para la capacidad legal hace que el fundamento de la capacidad legal sea la expresión de las verdaderas intenciones y la voluntad libre de la persona, no la capacidad de razonamiento necesaria para transformar esto en acuerdos legales. Este es un enfoque inclusivo porque aún personas que tienen discapacidades intelectuales, cognitivas o psicosociales profundas tienen una voluntad y unas preferencias que pueden guiar la toma de decisiones para que se representen en decisiones legalmente válidas. La siguiente sección explora la forma en que las leyes que regulan la capacidad legal, como como la Ley 1996, hacen esto posible”270. (iii) Transformando la capacidad para la toma de decisiones en decisiones legalmente válidas. Aseveraron que el enfoque de la capacidad para la toma de decisiones reconoce que, para alcanzar la igualdad en el ejercicio de la capacidad legal, el proceso de toma de decisiones necesitará ser compartido para algunas personas. En otras palabras, las funciones cognitivas que se precisan para una decisión particular, por ejemplo aquellas de comprender información y apreciar las consecuencias, pueden ser compartidas legítimamente y seguir constituyendo una decisión legalmente válida y garantizando que la mejor interpretación de la voluntad y preferencias de la persona con discapacidad sea lo que guíe la toma de decisiones, tal y como pretende que ocurra el 269 Págs. 41 y 42. 270 Pg. 43. 187

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