89 SUP-RAP-268/2012 identifiquen nombres de personas, instituciones, funcionarios, etcétera. La característica global de dicho medio, no tiene entonces una limitante o restricción en cuanto a la forma en que se presenta la información, ni mucho menos, hay un control efectivo respecto de que lo difundido realmente emane de la conducta de su autor o si ha sido producto de una alteración por terceras personas, dada la cantidad de avances tecnológicos que permiten hacer manipulaciones, ajenas a la realidad, de ahí que la información contenida en la misma no debe considerarse absoluta, salvo casos muy específicos que permiten la comprobación o respaldo de lo que se informa. Aunado a lo anterior, debe decirse que la colocación de contenido en una página de internet no tiene una difusión indiscriminada o automática, al tratarse de un medio de comunicación de carácter pasivo, ya que sólo se tiene acceso a cierta página, luego de que hay una intención clara de acceder a cierta información en particular, es decir, la internet no permite accesos espontáneos, sino que requiere, por lo menos, de lo siguiente: - Un equipo de cómputo; - Una conexión a internet; - Interés personal de obtener determinada información; y - Que el interesado ingrese, de forma exacta, la dirección electrónica de la página que desea visitar o, en su defecto, se apoye de "buscadores" a fin de que en

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