base en el récord. Rivera Rodríguez & Co. v. Lee Stowell, 133 DPR 881, 889 (1993). Sobre el
primer requisito, hemos expresado que la “notificación adecuada brinda a las partes la
oportunidad de advenir en conocimiento real de la decisión tomada, a la vez que otorga a las
personas cuyos derechos pudieran verse transgredidos una mayor oportunidad de determinar si
ejercen o no los remedios disponibles por ley”. Picorelli López v. Depto. De Hacienda, 179
DPR 720, 737 (2010). Como parte de esta notificación adecuada es necesario advertir sobre
los remedios que tiene disponible la parte, entre ellos, “el trámite administrativo que deb[e]
proseguir”. Olivo v. Srio. de Hacienda, 164 DPR 165, 178 (2005).
Valga aclarar que cuando hablamos de debido proceso de ley aludimos a la vertiente
constitucional de dicho derecho. Es decir, existen una serie de garantías otorgadas por leyes,
por ejemplo, las Reglas de Procedimiento Civil o la Ley de Procedimiento Administrativo
Uniforme (LPAU), que exceden las garantías constitucionales reconocidas en la cláusula del
debido proceso de ley. Así, en el ámbito civil se ha reconocido un derecho estatutario a apelar
las determinaciones judiciales y a ser notificado de esa apelación. Por otro lado, en el ámbito
administrativo el derecho a apelar ante un tribunal adquiere una dimensión constitucional,
pues hemos expresado que “el derecho a cuestionar la determinación de una agencia mediante
revisión judicial es parte del debido proceso de ley protegido por la Constitución de Puerto
Rico”. Rocío Fonte v. F & R Construction, S.E., 2016 TSPR 194, 196 DPR ____ (2016). Por
tanto, hemos concluido que “la falta de notificación adecuada del recurso de revisión de una
decisión administrativa puede afectar la jurisdicción del Tribunal de Apelaciones”. Mun. de
San Juan v. Jta. Planificación, 189 DPR 895, 903 (2013).
En síntesis, el debido proceso de ley incluye el derecho a apelar ante un tribunal una
determinación administrativa y a ser notificado de ese derecho. Sin embargo, nuestro
ordenamiento no exige que se notifique a la otra parte la apelación instada ante un foro
administrativo.
Vale la pena destacar que el objetivo de la adjudicación administrativa es proveer un
sistema justo, práctico y flexible. Y es que, el debido proceso de ley ofrece protección contra