hecho y conclusiones de derecho el 1 de noviembre de 2016, a las 3:00 p.m. Asimismo,
dispusimos que las partes tendrían hasta el miércoles, 2 de noviembre de 2016, a las 3:00 p.m.
para presentar sus alegatos.
Por último, ordenamos a la CEE a iniciar el recogido de los votos de las personas
cuyas solicitudes fueron denegadas, los cuales deberían colocar en un sobre de objeción
conforme a lo dispuesto en el Manual de Procedimiento para el Voto Adelantado en el Colegio
de Fácil Acceso en el Domicilio para las Elecciones Generales 2016 de 11 de agosto de 2016.
Oportunamente, la Comisionada Especial nos rindió su Informe luego de celebrar
dos vistas en las que recibió prueba testifical y documental.[8] De las determinaciones de
hechos incluidas en el Informe surgen los siguientes testimonios:
(1) Sr. Walter Vélez Martínez, Secretario de la CEE- Testificó a los fines de
autenticar y certificar copia del expediente administrativo correspondiente a las
apelaciones objeto de la Resolución Enmendada. Sin embargo, al ser
confrontado con la copia, éste no pudo certificar que la copia mostrada fuese
copia fiel y exacta del expediente administrativo, por lo cual no fue admitida.
Por otro lado, a preguntas de la representación legal del Comisionado Electoral
del PNP, éste expresó que desconocía si las apelaciones a nivel administrativo
fueron notificadas a los electores.[9] Señaló que el que presenta la apelación es
el que tiene el deber de hacer la notificación.
(2) Sra. Michelle Coira Burgos, Comisionada Local del PPD en OrocovisTestificó que, como parte de sus funciones, realizó una investigación sobre las
solicitudes de los votos de encamados del PNP. Expresó que visitó varias
residencias, entre ellas la de la Sra. Blanca Ortíz Ortíz y que allí observó que la
persona no estaba encamada y advino en conocimiento que no le habían
visitado. Además, explicó que conocía a la señora Ortíz Ortíz porque es
participante del programa de Asistencia Social Familiar en el cual ella trabaja.
Se reafirmó que la señora Ortíz Ortíz puede caminar sin dificultad.
(3) Sra. Elba Rivera Torres, Comisionada del PPD de la Comisión Local de
Aibonito- Como parte de sus funciones evalúa transacciones electorales, tales
como la solicitud de voto encamado. El 19 de septiembre de 2016, fecha de
cierre del registro electoral, asistió a una reunión de los Comisionados Locales
en la Junta de Inscripción Permanente (JIP). En esa ocasión, objetó 50
solicitudes de voto a domicilio en las cuales el Dr. Francisco Fontánez Rivera
había certificado la condición de inmovilidad. Hizo constar la objeción en el
Acta de Incidencias y fue citada para audiencia ante la CEE. Declaró que objetó
el voto a domicilio de Carmen Ana Borelli, Ana Colón Borelli y Carlos Vegilla
Colón porque conocía que dichos electores se movilizaron a votar en las