SUP-REP-542/2015
Y ACUMULADO
inofensivas o indiferentes, sino también aquéllas que ofenden,
resultan ingratas o perturban al Estado.8
En el mismo sentido, otros tribunales como, por ejemplo, la
Suprema Corte de Estados Unidos ha señalado que Internet es
un medio de comunicación único y novedoso que permite la
comunicación a nivel mundial entre los individuos, cuya evolución
es permanente, y permite a los usuarios obtener información a
través de diferentes mecanismos.9
De esta forma, el parámetro de maximización de la libertad de
expresión abarca también a la información y comunicación
generada a través de internet, entre ella, la que se relaciona con
las denominadas redes sociales, en el caso, de Twitter.
En ese sentido, este órgano jurisdiccional advierte que el Internet
es un instrumento específico y diferenciado para potenciar la
libertad de expresión en el contexto del proceso electoral, ya
que cuenta con una configuración y diseño que los hacen distinto
respecto de otros medios de comunicación, en virtud de la
manera en que se genera la información, el debate y las
opiniones de los usuarios lo cual hace que se distinga respecto
de otros medios de comunicación como la televisión, el radio o
los periódicos.
Las características particulares de Internet deben ser tomadas
en cuenta al momento de regular o valorar alguna conducta
8
Cita tomada del caso Ivcher Bronstein vs Perú de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, párrafo 152, en la que se citan a pie de página las referencias europeas.
9
Ver Janet Reno, Attorney General of The United States, v American Civil Liberties Union,
No. 96-511, del 26 de junio de 1997.
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