SUP-REP-542/2015 Y ACUMULADO inofensivas o indiferentes, sino también aquéllas que ofenden, resultan ingratas o perturban al Estado.8 En el mismo sentido, otros tribunales como, por ejemplo, la Suprema Corte de Estados Unidos ha señalado que Internet es un medio de comunicación único y novedoso que permite la comunicación a nivel mundial entre los individuos, cuya evolución es permanente, y permite a los usuarios obtener información a través de diferentes mecanismos.9 De esta forma, el parámetro de maximización de la libertad de expresión abarca también a la información y comunicación generada a través de internet, entre ella, la que se relaciona con las denominadas redes sociales, en el caso, de Twitter. En ese sentido, este órgano jurisdiccional advierte que el Internet es un instrumento específico y diferenciado para potenciar la libertad de expresión en el contexto del proceso electoral, ya que cuenta con una configuración y diseño que los hacen distinto respecto de otros medios de comunicación, en virtud de la manera en que se genera la información, el debate y las opiniones de los usuarios lo cual hace que se distinga respecto de otros medios de comunicación como la televisión, el radio o los periódicos. Las características particulares de Internet deben ser tomadas en cuenta al momento de regular o valorar alguna conducta 8 Cita tomada del caso Ivcher Bronstein vs Perú de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, párrafo 152, en la que se citan a pie de página las referencias europeas. 9 Ver Janet Reno, Attorney General of The United States, v American Civil Liberties Union, No. 96-511, del 26 de junio de 1997. 30

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