SUP-REP-542/2015
Y ACUMULADO
de información e ideas en la red, en uso de su libertad de
expresión.16
Por las razones apuntadas, esta Sala Superior considera que la
libertad de expresión en el contexto de un proceso electoral
tiene una protección especial, pues en las sociedades
democráticas en todo momento se debe buscar privilegiar el
debate público, lo cual se potencia tratándose de Internet, ya
que las características especiales que tiene como medio de
comunicación facilitan el acceso a la información por parte de
cualquier ciudadano, para conocerla o generarla de manera
espontánea, lo cual promueve un debate amplio y robusto, en el
que los usuarios intercambian ideas y opiniones, positivas o
negativas, de manera ágil, fluida y libremente, generando un
mayor involucramiento del electorado en los temas relacionados
con la contienda electoral, lo cual implica una mayor apertura y
tolerancia que debe privilegiarse a partir de la libertad de
expresión y el debate público, condiciones necesarias para la
democracia.
De lo contrario, no sólo se restringiría la libertad de expresión
dentro del contexto del proceso electoral, sino que también se
desnaturalizaría a Internet como medio de comunicación plural y
abierto, distinto a la televisión, la radio y los medios impresos, lo
que no excluye la existencia de un régimen de responsabilidad
adecuado al medio de internet.
16
Botero, Carolina, et al. Temas Selectos de Derecho Electoral. Libertad de Expresión y
Derecho de Autor en campañas políticas en internet. Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación, México, 2013, p. 65.
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