SUP-REP-542/2015 Y ACUMULADO PSC-11/2016, precisamente, por emitir mensajes en la red social Twitter con propaganda electoral durante el periodo de reflexión.29 Del análisis de las constancias del citado expediente se advierte que la citada ciudadana, al comparecer al procedimiento especial sancionador, no desmintió haber recibido una propuesta como la referida. Si bien, de acuerdo con la jurisprudencia de rubro NOTAS PERIODÍSTICAS. ELEMENTOS PARA DETERMINAR SU FUERZA INDICIARIA, tales probanzas sólo generan indicios sobre los hechos a que se refieren, lo cierto es que dichos elementos analizados a partir de las circunstancias del caso concreto y adminiculados con el resto de las pruebas que obran en los expedientes que se resuelven, en particular, con los elementos temporales, personales y materiales que se advierten del contenido de todos los mensajes o tweets denunciados, robustecen su fuerza probatoria para corroborar que el Partido Verde Ecologista de México participó en una estrategia en la que fue el único beneficiario de la popularidad de diversas personas famosas del medio del espectáculo en redes sociales, para difundir propaganda durante la veda electoral y, con ello, poner en peligro los principios de legalidad y equidad que rigen la materia electoral. Al respecto, este órgano jurisdiccional advierte que si bien, en cada uno de los casos, los referidos tweets pudieron ser tomados 29 El contenido de los tweets difundidos durante la veda electoral por la citada ciudadana es el siguiente: “Es increíble la facilidad q tienen mis hijos con la tecnología! Q bien q los verdes proponen #InglesYComputación en todos los niveles!” y “Espero que por lo menos por el #DMMA muchos dejen de contaminar una ayudadita al planeta POR FAVOR. HOY #ApagónVerde a las 9pm x 5 min!!!” 67

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