JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE
LOS
DERECHOS
POLÍTICOELECTORALES DEL CIUDADANO Y
JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL
ELECTORAL
EXPEDIENTES: SCM-JDC-412/2021
SCM-JRC-21/2021 ACUMULADO
y
PARTE ACTORA:
ELIMINADO. FUNDAMENTO LEGAL:
ARTÍCULOS 116 DE LA LGTAIP Y 3, FRACCIÓN IX DE LA
LGPDPPSO. DATOS PERSONALES QUE HACEN A UNA PERSONA
Y PARTIDO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
FÍSICA IDENTIFICADA O IDENTIFICABLE
AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL
ELECTORAL
DEL
ESTADO
DE
GUERRERO
MAGISTRADO: JOSÉ LUIS CEBALLOS
DAZA
SECRETARIADO: GREYSI ADRIANA
MUÑOZ
LAISEQUILLA
Y
JAVIER
MENDOZA DEL ÁNGEL
Ciudad de México, a tres de abril de dos mil veintiuno.
La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación,
correspondiente
a
la
Cuarta
Circunscripción
Plurinominal, con sede en la Ciudad de México, en sesión pública de
esta fecha resuelve modificar la sentencia dictada por el Tribunal
Electoral
del
Estado
de
Guerrero
en
los
expedientes
TEE/JEC/020/2021 y TEE/JEC/021/2021 acumulado, para el efecto
de establecer que las acciones afirmativas en favor de personas
LGBTTTIQ+ también deberán implementarse para los cargos a
Diputaciones al Congreso del estado de Guerrero, con base en lo
siguiente.
ÍNDICE
GLOSARIO ............................................................................................. 2
ANTECEDENTES................................................................................... 3