6/21/22, 10:00 AM 190.217.24.55:8080/WebRelatoria/Temp/reporte-20220621-7.html Alberto Yepes Barreiro, radicación 11001-03-28-000-2015-00027-00. En cuanto a que es necesario esperar a la decisión final para plantear la invalidez del procedimiento y del acto de inscripción, ver: Corte Constitucional, sentencia T-945 de diciembre 16 de 2009, M.P. Mauricio González Cuervo. Sobre la posibilidad de demandar autónomamente el acto que revoca la inscripción, consultar: Consejo de Estado, Sección Quinta, auto del 23 de octubre de 2015, M.P. Alberto Yepes Barreiro, Rad. 11001-03-28-000-2015-00027-00. 190.217.24.55:8080/WebRelatoria/Temp/reporte-20220621-7.html 6/6

Select target paragraph3