Radicado: 11001-03-28-000-2019-00090-00 (Acum.)
Actor: GONZALO RAMOS ROJAS y otros
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
Magistrada Ponente: LUCY JEANNETTE BERMÚDEZ BERMÚDEZ
Bogotá, D.C., tres (3) de diciembre de dos mil veinte (2020)
Referencia:
Radicación:
Demandante:
Demandado:
Temas:
MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD ELECTORAL
11001-03-28-000-2019-00090-00 (Principal)
11001-03-28-000-2019-00085-00
GONZALO RAMOS ROJAS y otros
SALOMÓN ANDRÉS SANABRIA CHACÓN, Gobernador del
departamento de Casanare, periodo 2020-2023
Niega pretensiones -inhabilidad creada por partido político-
SENTENCIA ÚNICA INSTANCIA
Una vez agotados los trámites del proceso y no advirtiéndose la presencia de nulidad
que impida abordar el fondo del asunto, se profiere fallo de única instancia, dentro del
medio de control electoral iniciado contra la elección del señor SALOMÓN ANDRÉS
SANABRIA CHACÓN, Gobernador del departamento de Casanare, periodo 20202023.
ANTECEDENTES
I.- LA DEMANDA
1.1. Pretensiones de las demandas acumuladas
Los demandantes coinciden en solicitar que se declare la nulidad del acto de elección
del señor SALOMÓN ANDRÉS SANABRIA CHACÓN, como Gobernador del
departamento del Casanare, período 2020-2023 contenido en el formulario E-26 GOB
de 9 de noviembre de 2019, expedido por la Comisión Escrutadora Departamental.
1.2. Soporte fáctico
Como fundamentos fácticos, en síntesis, para lo concerniente al debate, la parte
actora, en los expedientes acumulados, expuso:
1. El 18 de julio de 2017, el CNE mediante Resolución No. 1746 registró la reforma de
los Estatutos del Partido Político Centro Democrático.
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