SUP-REP-542/2015
Y ACUMULADO
#VamosConLosVerdes, mismas que, como se ha razonado,
utilizaron siempre verbos en plural, como “apoyemos” o “vamos”,
que no se limitaron a la esfera de lo personal de quien publicó el
respectivo
mensaje,
sino que implicaron una invitación
indeterminada o generalizada a realizar conductas relacionadas
con “ir” o “apoyar”, ligadas a la causa de dicho partido político,
circunstancia que, si se vincula con la cercanía de la jornada
electoral en que se difundieron los tweets precisados, podría
interpretarse en el sentido de que se estuvo solicitando
veladamente el voto a favor del citado instituto político.
De ahí que, en la especie, con independencia de que
objetivamente no se puede saber el número de personas que
recibieron los mensajes señalados o las posibles repercusiones
en la voluntad de los electores que tuvieron conocimiento de los
mismos, debe tenerse por acreditado el elemento material de la
violación a la veda electoral, consistente en que la conducta
consistió en difusión de propaganda electoral de un partido
político durante los tres días previos a la fecha en la que se
celebró la jornada comicial, por cuanto hace a los tweets
relacionados con los temas de “inglés y computación”, “becas
para estudiantes”, “vales de primer empleo” y “veda forestal”.
Por otra parte, por cuanto a los mensajes que fueron objeto de
denuncia que hicieron mención al día mundial del medio
ambiente, se advierte que no guardan relación alguna con el
Partido Verde Ecologista de México, pues no se aprecia que tales
mensajes tuvieron como propósito difundir propaganda relativa
al Partido Verde Ecologista de México o a sus candidatos, o bien,
69