78 SUP-RAP-268/2012 ƒ El C. Andrés Manuel López Obrador expresó, como ciudadano y de manera personal, una opinión aislada, por lo que no se advierte elemento alguno tendente a influir de manera positiva o negativa frente al electorado, ni mucho menos con el propósito de posicionar o beneficiar a los partidos políticos que lo postularon. ƒ Del análisis de la mencionada entrevista, se desprende que el C. Andrés Manuel López Obrador, emitió diversas opiniones relacionadas con los problemas sociales que se suscitan el país. ƒ La autoridad responsable consideró que el C. Andrés Manuel López Obrador, se encuentra legitimado para expresar su posición con respecto a las circunstancias que se suscitan en la sociedad, en virtud de que es una persona que goza de libertad de expresión; por tanto se encuentra autorizado para emitir opiniones a través de las cuales contraste ideas y difunda su opinión con los temas que revisten trascendencia en el interés general de la población. ƒ Para arribar a la determinación de que los hechos que son sometidos a su consideración son susceptibles o no de constituir actos anticipados de precampaña o campaña electoral, son los siguientes: 1. El personal. Porque son realizados por los partidos políticos, aspirantes, precandidatos y candidatos ante el partido político antes del registro de las candidaturas ante la autoridad electoral o antes del inicio formal de las campañas. 2. El subjetivo. Porque los actos tienen como propósito fundamental presentar una plataforma electoral y promoverse o promover a un ciudadano para obtener la postulación a una precandidatura, candidatura o cargo de elección popular. 3. El temporal. Porque acontecen antes del procedimiento interno de selección respectivo y previamente al registro interno ante los institutos políticos o una vez registrada la candidatura ante el partido político antes del registro de las candidaturas ante la autoridad electora! o antes del inicio formal de las campañas. En el caso que nos ocupa, resulta evidente que el C. Andrés Manuel López Obrador, al ser candidato por los Partidos Políticos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Movimiento Ciudadano, integrantes de coalición denominada "Movimiento Progresista" para ocupar el cargo de Presidente de la República, colma el elemento personal que debe tomarse en consideración en la apreciación y determinación de actos anticipados de campaña, sin embargo, se debe advertir que no basta la condición de ser candidato, para que con este simple

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