SX-JE-3/2021
Y ACUMULADOS
hipócrita e impostora, que tiene sustento en un estereotipo
de género asociado al demérito de las funciones de las
mujeres al generar un reproche por la realización de las
actividades en el ámbito político por su condición de
mujer, lo cual la coloca en una situación de vulnerabilidad
y de invisibilidad de sus logros en las actividades que
desarrolla.
249.
De ahí que se coincida con los argumentos del
Tribunal local, pues queda claro que los mensajes se
sustentaron en estereotipos de género, por lo que es viable
concluir que el elemento de género se actualiza pese a que
las denunciadas sean mujeres.
•
SX-JE-5/2021
Afectación al derecho de participar en el proceso
electoral (agravio XV)
250.
La parte actora señala que,
a
través
de la
determinación tomada por el Tribunal responsable de
inscribirla en el registro de personas sancionadas por
violencia política en razón de género, se le vulnera su
derecho a participar en el proceso electoral 2020-2021, de
ahí que solicita la suspensión definitiva de este efecto
ordenado en la sentencia reclamada.
251.
Respecto a dicha manifestación se estima como
inoperante pues la actora no señala argumento alguno que
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