SUP-REC-102/2020
solicitadas por la actora, para lo cual vinculó a diversas
autoridades, así como al propio Ayuntamiento para que, en
el ámbito de sus atribuciones, llevaran a cabo las acciones
necesarias para inhibir las conductas aducidas por la
solicitante, relativas al temor de que la priven de su libertad o
que la despojen de sus bienes.
X. Sentencia impugnada. El veintidós de mayo, la Sala
Regional Xalapa dictó sentencia en el expediente SX-JDC134/2020, en el sentido de confirmar la diversa del TEEO
emitida al resolver el expediente JNI/29/2020, y cesar la
vigilancia de la medida cautelar previamente adoptada, al
considerar
que
esto
corresponde
a
las
instancias
competentes.
XI. Recurso de reconsideración. El veintinueve de mayo, la
parte actora presentó un escrito de demanda ante el TEEO,
para controvertir la sentencia antes señalada, dictada por la
Sala Regional Xalapa. En dicho ocurso solicitó la adopción de
medidas cautelares y de protección en favor de ella y de sus
familiares,
para
que
las
autoridades
municipales,
simpatizantes de la planilla ganadora y en específico el
Presidente Municipal, cesen las amenazas, intimidación,
provocación, calumnia, difamación y falsedad que realizan
en su contra, desde que promovió el juicio natural.
XII. Recepción, integración y turno. El dos de julio se recibió
en la Oficialía de Partes de la Sala Superior, el oficio SG-JAX429/2020,
mediante
el
cual,
se
remite,
Representación impresa de un documento 5
firmado electrónicamente.
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otros