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SUP-RAP-268/2012
identifiquen nombres de personas, instituciones, funcionarios,
etcétera.
La característica global de dicho medio, no tiene entonces
una limitante o restricción en cuanto a la forma en que se
presenta la información, ni mucho menos, hay un control
efectivo respecto de que lo difundido realmente emane de la
conducta de su autor o si ha sido producto de una alteración por
terceras personas, dada la cantidad de avances tecnológicos
que permiten hacer manipulaciones, ajenas a la realidad, de ahí
que la información contenida en la misma no debe considerarse
absoluta, salvo casos muy específicos que permiten la
comprobación o respaldo de lo que se informa.
Aunado a lo anterior, debe decirse que la colocación de
contenido en una página de internet no tiene una difusión
indiscriminada o automática, al tratarse de un medio de
comunicación de carácter pasivo, ya que sólo se tiene acceso a
cierta página, luego de que hay una intención clara de
acceder a cierta información en particular, es decir, la
internet no permite accesos espontáneos, sino que requiere,
por lo menos, de lo siguiente:
-
Un equipo de cómputo;
-
Una conexión a internet;
-
Interés
personal
de
obtener
determinada
información; y
-
Que el interesado ingrese, de forma exacta, la
dirección electrónica de la página que desea visitar o, en
su defecto, se apoye de "buscadores" a fin de que en