SUP-REC-102/2020 Además, en el expediente relacionado con el juicio electoral de los sistemas normativos internos identificado con la clave JNI/29/2020, del TEEO, se advierte un acta de acuerdo levantada el veintidós de febrero, en la cual estuvieron presentes quienes integran el actual cabildo del municipio de Coicoyán de las Flores, la representación de los diferentes barrios, así como el público en general, con el propósito de tratar sobre la “impugnación de la ciudadana Isabel sierra flores”. En los puntos 5 y 8 del acta de referencia, se asienta lo siguiente: “5. Se brinda un espacio para oír opiniones del público, por lo que varios representantes de barrios, señores principales y público en general, comentaron que no están en acuerdo, puesto que nunca se vio la presencia de la señora Isabel cierra flores en las actividades de elección de concejales, como lo es el de Coicoyán de las Flores, que se realiza por sistemas normativos indígenas, conocido como usos y costumbres en ese municipio de Coicoyán de las flores. […] 8. El presidente toma la palabra y pregunta a los ciudadanos presentes si están de acuerdo con la petición de la ciudadana Isabel sierra flores, por lo que el público presente se manifiesta en que no están de acuerdo, así mismo que respaldan a la autoridad de la administración 2020-2022 para toda aclaración sobre la impugnación realizada por la ciudadana antes mencionada. […]” Lo relevante del documento citado es que, entre las personas que asistieron y participaron, se encuentran dos que suscriben el documento que se presenta en la vía de amicus curiae: Aurelia López Legaria y Carmela Mendoza Flores 16. Cfr. Folios 317 y 337 del expediente JNI/29/2020, el cual forma parte de las actuaciones del expediente SUP-REC-102/2020. 16 Representación impresa de un documento23 firmado electrónicamente. Página 23 de 56

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