SUP-REC-102/2020
Además, en el expediente relacionado con el juicio electoral
de los sistemas normativos internos identificado con la clave
JNI/29/2020, del TEEO, se advierte un acta de acuerdo
levantada el veintidós de febrero, en la cual estuvieron
presentes quienes integran el actual cabildo del municipio de
Coicoyán de las Flores, la representación de los diferentes
barrios, así como el público en general, con el propósito de
tratar sobre la “impugnación de la ciudadana Isabel sierra
flores”. En los puntos 5 y 8 del acta de referencia, se asienta
lo siguiente:
“5. Se brinda un espacio para oír opiniones del público, por lo que
varios representantes de barrios, señores principales y público en
general, comentaron que no están en acuerdo, puesto que nunca se
vio la presencia de la señora Isabel cierra flores en las actividades de
elección de concejales, como lo es el de Coicoyán de las Flores, que
se realiza por sistemas normativos indígenas, conocido como usos y
costumbres en ese municipio de Coicoyán de las flores.
[…]
8. El presidente toma la palabra y pregunta a los ciudadanos
presentes si están de acuerdo con la petición de la ciudadana Isabel
sierra flores, por lo que el público presente se manifiesta en que no
están de acuerdo, así mismo que respaldan a la autoridad de la
administración 2020-2022 para toda aclaración sobre la impugnación
realizada por la ciudadana antes mencionada.
[…]”
Lo relevante del documento citado es que, entre las personas
que asistieron y participaron, se encuentran dos que
suscriben el documento que se presenta en la vía de amicus
curiae: Aurelia López Legaria y Carmela Mendoza Flores 16.
Cfr. Folios 317 y 337 del expediente JNI/29/2020, el cual forma parte de las
actuaciones del expediente SUP-REC-102/2020.
16
Representación impresa de un documento23
firmado electrónicamente.
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